Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-1113)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de SSE Renewables Spain, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9367

Para reflejar nuestra intención de remunerar a las personas trabajadoras por su
esfuerzo, quienes reciban una calificación de rendimiento de 4 o 5 en el año 2024
recibirán un incremento adicional según la siguiente tabla:
Calificación de rendimiento Incremento adicional (%)

Artículo 23.

4

0.5 %

5

1%

Retribución variable.

Durante la vigencia de este convenio colectivo, se mantendrá el siguiente régimen de
retribución variable:
– Grupo 4: Se establece una retribución variable para todo el grupo 4 tendrá un
target mínimo del 10 %.
– Grupo 5: Se establece para el Nivel 5, una retribución variable para toda la plantilla
encuadrada en el mismo con un target mínimo del 4 %.
– Grupo 3: Se establece una retribución variable para todo el grupo 3 con un target
mínimo del 15 %.
Artículo 24.

Antigüedad.

Se establece un complemento de antigüedad común para todo el ámbito de
aplicación del presente convenio por trienio de antigüedad adquirido y sin limitación por
años.
Para el año 2024, la cantidad a percibir será la del complemento de antigüedad
de 2023 con un incremento del 3.5 % aunque si el IPC fuese superior, el IPC sería
aplicado en su lugar.
El complemento de antigüedad, para las personas trabajadoras que tengan
reducción de jornada por guarda legal o cuidado de familiar, se les realizará por el 100 %
del monto que les hubiese correspondido a jornada completa.
Artículo 25. Tablas Salariales.
Las siguientes tablas salariales para 2023/24 se incrementarán en un 3,5 % para
aplicar el incremento salarial 2024, excepto en el caso de que el IPC sea superior a esta
cifra, en cuyo caso se aplicaría el IPC.
Nivel 1

Grupo 3.

Nivel 2

Nivel 3

Nivel 4

41.550,38 45.290,08 51.038,63 56.812,55

Grupo 4A. 34.845,39 39.198,45 43.900,10 47.412,55
Grupo 4B. 32.050,00 36.054,46 40.385,45 43.615,49

Artículo 26.

28.453,68 33.500,58 35.949,45 38.824,61

Retribución en especie y Retribución Flexible.

Ayuda a la comida: Se establece un sistema de ayuda a la comida para 2024 por
importe de 12 euros diarios.
Servicio Retribución Flexible. Se mantendrá el servicio existente, de aplicación
universal dentro del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo y de
conformidad con los criterios legales y fiscales aplicables.

cve: BOE-A-2025-1113
Verificable en https://www.boe.es

Grupo 5.