Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-1118)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del «Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2024-2035».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9421

incluyendo en los pliegos de condiciones y criterios de valoración de ofertas la utilización
de este tipo de residuos valorizados en lugar de materiales naturales.
Lodos de depuradora.
El estudio indica que la utilización de lodos de depuradora como fertilizante puede
provocar contaminación del suelo y de las aguas superficiales o subterráneas. El impacto
es particularmente grave cuando se utilizan sobre masas de agua subterránea que no
alcanzan el buen estado químico y presentan presión por contaminación difusa, o sobre
zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de la agricultura. Si
existen vertidos industriales a la red de alcantarillado con sustancias peligrosas, el
impacto se agravará igualmente. En estos casos, también puede producir un impacto
sobre la salud si existen abastecimientos a partir de las aguas subterráneas
contaminadas o las aguas superficiales asociadas.
El PEMAR incluye medidas de formación y sensibilización de gestores de estos
residuos y de agricultores para su uso como fertilizantes, la realización de estudios sobre
los tratamientos más adecuados para los lodos de depuración destinados a la
valorización en los suelos, y un aumento del control, en particular de la calidad de los
lodos destinados a suelos, de las mezclas con otras sustancias que puedan empeorar su
calidad y de los vertidos industriales a las redes de saneamiento.
La Agencia de Residuos de Cataluña incide en que existe alguna EDAR, cuyos lodos
incumplen los límites de metales para su uso en agricultura, siendo necesaria otra forma
de valoración. La Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO señala la
existencia de microplásticos en los lodos de depuradora, que si se aplican como
fertilizante agrícola pueden llegar a las cadenas tróficas y a las aguas continentales y
marinas. Agroamb Prodalt SL señala que parte de esta problemática se produce por
entrada a la red de saneamiento de vertidos con metales pesados, plásticos y otros
contaminantes de difícil eliminación, lo que requiere controles de dichos vertidos. La
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de
Madrid, el Servicio de Residuos y Suelos contaminados de la Dirección General de
Infraestructuras y sostenibilidad Ambiental de Castilla y León, ASELIP y ASEGRE ponen
de manifiesto que el Real Decreto 1050/2022 para la nutrición sostenible de suelos
agrarios ha establecido criterios más restrictivos para el empleo de este material como
fertilizante, haciéndose preciso estudiar alternativas de gestión para los lodos que no
cumplan los requisitos técnicos, considerando poco realista el objetivo mínimo de
valorización material del 85 % y los objetivos máximos de incineración/coincineración.
A la vista de las alegaciones, el promotor destaca la problemática de los
microplásticos asociados a este flujo de residuos, e incluye en las orientaciones la
realización de estudios sobre los tratamientos más adecuados para este tipo de residuos
y aumentar el control sobre los vertidos industriales en la red de saneamiento, mezcla
con otros residuos y valorización en suelos, incluyendo como referencia un estudio de
prevención de la contaminación de lodos de depuración por actividades industriales.

La Confederación Hidrográfica del Ebro plantea la necesidad de que el PEMAR
aborde la actual problemática de contaminación difusa generada por el sector agrícola y
ganadero, contaminación que no ha dejado de crecer por inadecuadas aplicaciones en
parcelas agrarias de estiércoles como subproductos, principalmente purines, así como
de lodos de depuradora, mejorando las condiciones de las autorizaciones y los controles
y evitando duplicidades en la aplicación. Canal de Isabel II SA también incide en que la
aplicación al suelo de deyecciones ganaderas puede influir sobre el logro de los objetivos
medioambientales de las masas de agua y zonas protegidas, así como de los riesgos
para el medio ambiente derivados del abandono, enterramiento o quema incontrolada de
envases de fitosanitarios, requiriendo que se incluya la vigilancia entre las funciones a
realizar por las administraciones agrarias competentes, recordando que la recientemente

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Residuos agrarios.