Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-1122)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor de la Residencia de Estudiantes.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9479

Ministerio de Cultura la competencia para efectuar dicho procedimiento, por lo que esta
Dirección General resuelve:
Primero.
Incoar expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría
de monumento, a favor de la Residencia de Estudiantes, situada en el término municipal
de Madrid.
Segundo.
De conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de
desarrollo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, así como
del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se dispone la apertura de un periodo de
información pública, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el
expediente en las dependencias de la Subdirección General de Gestión y Coordinación
de los Bienes Culturales de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes
del Ministerio de Cultura (plaza del Rey, 1, Madrid), y en todo caso, las personas que lo
soliciten a través de medios electrónicos se pondrá a disposición en la sede electrónica
correspondiente, con el fin de alegar lo que estimen conveniente por un periodo de
veinte días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución
en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Se procederá a dar traslado de esta resolución en virtud de lo establecido en el
artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, y se concede trámite de audiencia, según lo establecido en
el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas al Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades, a la Comunidad de Madrid, al Ayuntamiento de Madrid y a la Fundación
Residencia de Estudiantes. También se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», sin
perjuicio de su eficacia desde la notificación, de conformidad con el artículo 12.2 citado
anteriormente.
Cuarto.
Asimismo, esta resolución de incoación se comunicará al Registro General de Bienes
de Interés Cultural para su anotación preventiva, según dispone el artículo 12 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio y el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero.
Quinto.
Continuar la tramitación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural
de acuerdo con la legislación vigente.

cve: BOE-A-2025-1122
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 10 de enero de 2025.–La Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, María Ángeles Albert de León.