Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-1117)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Repotenciación y renovación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 KV, simple circuito, Alcocero de Mola-Puentelarrá (Burgos y Álava)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9398

La Confederación Hidrográfica del Ebro estima compatibles los efectos previsibles
del proyecto sobre el sistema hídrico, siempre que se dé cumplimiento a las medidas
contempladas en el documento ambiental y se lleven a cabo todas las que sean
necesarias para proteger el medio hídrico de la zona de actuación, tanto de carácter
superficial como subterráneo, evitando su contaminación o degradación, garantizando
que no se alterará significativamente la dinámica hidrológica de la zona y asegurando en
todo momento la calidad de las aguas superficiales y subterráneas. Asimismo, incluye un
anejo con consideraciones relativas a futuras acciones y tramitaciones a realizar con
dicho Organismo de Cuenca, junto con los criterios técnicos para la autorización de
actuaciones en dominio público hidráulico. El promotor asume dichas consideraciones y
se compromete a adoptar las medidas necesarias para proteger el medio hídrico.
c.6)

Cambio climático.

El documento ambiental incluye el cálculo de la huella de carbono del proyecto
mediante modelos teóricos propios, teniendo en cuenta las emisiones directas asociadas
al suministro, construcción, explotación y desmontaje de la instalación. El total estimado
de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del proyecto asciende a 2.577 tCO2
eq. A pesar del efecto negativo de estas emisiones, la actuación contribuye a una mejor
y mayor capacidad de evacuación y transmisión de nuevas energías renovables,
suponiendo en valores globales un efecto positivo para el sistema, puesto que permite
reducir la huella de carbono de la producción energética española, tal como indica el
Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC). Asimismo, se mejorará
la eficiencia en el transporte de la energía y se reducirán las pérdidas, lo que también
redunda en una disminución de emisiones.
La Oficina Española del Cambio Climático (OECC) recomienda que el proyecto sea
coherente con las «Recomendaciones para el despliegue e integración de las energías
renovables» incluidas en el apartado 8.2 del Estudio de Evaluación Ambiental
Estratégica del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), que incluye
recomendaciones para los proyectos de redes de transporte y distribución de energía. El
promotor indica que, si bien la actuación será coherente con dichas recomendaciones,
no son de directa aplicación por no tratarse de una instalación de integración energías
renovables.
Atmósfera y salud humana.

El documento ambiental indica que, durante las obras, se producirá un aumento de
carácter puntual y discontinuo de partículas en suspensión de polvo y gases, así como
de los niveles de presión sonora, debido al funcionamiento y movimiento de la
maquinaria, si bien serán de reducida entidad y restringidos espacialmente. Se utilizará
la maquinaria menos ruidosa con un correcto mantenimiento.
Asimismo, identifica durante la fase de explotación, el «efecto corona» que, debido a
la ionización del aire circundante, produce ozono y ruido. En condiciones de laboratorio,
se determina que la producción de ozono oscila entre 0,5 y 5 g por kW/h. En el caso más
desfavorable, se estima que la producción de ozono es del orden de 20 veces inferior a
los valores permitidos y que, además, se disipa en la atmósfera inmediatamente después
de crearse. Asimismo, no se prevé una modificación en la emisión de ruido audible, ya
que no se va a producir ninguna modificación en la tensión de la línea ni en las
características de los conductores.
Por otra parte, el promotor indica que las líneas eléctricas aéreas de alta tensión no
producen una exposición a campo magnético superior a 100 µT, incluso en el punto más
cercano a los conductores, y en la mayoría de los casos, la exposición a campo eléctrico
tampoco supera los 5 kV/m, por lo que se da cumplimiento a las recomendaciones del
Consejo de la Unión Europea. La renovación y la repotenciación de la línea no implica
variaciones en los campos electromagnéticos que se experimentan actualmente junto a
la línea 220 kV Alcocero de Mola-Puentelarrá. La distancia a las poblaciones más

cve: BOE-A-2025-1117
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c.7)