Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-1134)
Acuerdo GOV/271/2024, de 23 de diciembre, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el Palau Solterra, en Torroella de Montgrí (Baix Empordà), y se delimita su entorno de protección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9533

Se tiene constancia de su construcción desde el siglo XIV. Durante los siglos
posteriores se amplió y reformó de acuerdo con las influencias estilísticas del momento:
barroco, renacentista, historicista, con elementos neogóticos, hasta el siglo XX con el
novecentismo.
Esta mezcla de estilos, siempre con carácter monumental, le da una relevancia
excepcional y constituye un testimonio histórico de primer orden en la evolución histórica
del municipio.
Se considera monumento el Palau Solterra y el solar que ocupa, definido en planta
por sus fachadas y muros perimetrales, incluidos todos los espacios que se encuentran
dentro de su volumen, así como los patios interiores y exteriores. También se incluye el
subsuelo de todos estos elementos.
Cabe destacar la planta baja del inmueble, con la entrada principal donde se ubica el
gran patio renacentista que era la antigua entrada de las cocheras, con el pozo, la
escalinata que conduce a la planta noble y los grandes ventanales. El resultado es un
espacio de gran belleza y solemnidad, cuyo valor es importante por la escasez de obras
de este estilo en nuestro país.
La planta noble está constituida por varias salas donde se conservan distintos estilos
de épocas diferentes. En el interior encontramos puertas acompañadas de arrimadores
laterales y techos con magníficos artesonados de estilo gótico, junto a elementos de
estilo barroco. Los demás pisos también mantienen las características del palacio con los
techos altos y decoraciones de diversas épocas en muy buen estado de conservación.
Todos los espacios mantienen una gran solemnidad.
La aportación más creativa es la intervención realizada por el arquitecto Rafel Masó i
Valentí, (1880-1935), arquitecto de raíz novecentista, en la remodelación de la terraza del
primer piso, a la que le dio un tratamiento casi escenográfico. Se trata de un jardín
elevado con una disposición ordenada de bancos y jardineras, y una fuente en medio de
un pequeño estanque como elemento decorativo.
Actualmente, el Palau Solterra es un edificio de titularidad privada que funciona como
Museo de Fotografía Contemporánea de la Fundación Vila Casas, a excepción de dos
dependencias de la planta baja, con fachada a la calle de l'Hospital, que son propiedad
de otro particular.
Asimismo, es un centro cultural en el que se realizan exposiciones temporales,
conferencias y ofertas educativas, con las colaboraciones de otros centros culturales.
ANEXO 2
Justificación del entorno de protección
La definición de un entorno de protección en torno al Palau Solterra, en Torroella de
Montgrí, se presenta como el mejor instrumento para garantizar la pervivencia de sus
múltiples valores culturales en las mejores condiciones posibles.
Se trata de evitar que la alteración de este entorno, entendido como el espacio que
da soporte ambiental al bien, pueda afectar a los valores, a la contemplación o al estudio
del monumento histórico. Por ello, entre otros aspectos, es necesario que en este ámbito
se vele por la correcta visualización del bien y por la integración armónica de las posibles
edificaciones, instalaciones o usos que puedan establecerse en el futuro.
Se pretende alcanzar el equilibrio entre la necesidad de crear esta área de protección
en torno al bien que garantice suficientemente su preservación, y la voluntad de no
afectar a más espacios de los estrictamente necesarios.
El Palau Solterra ocupa un solar irregular dentro de una isla del casco antiguo de
Torroella de Montgrí. Esta situación hace que el monumento tenga fachada a tres calles:
la calle de l'Església, la calle de Codina y la calle de l'Hospital.
Como consecuencia de su situación, se ha delimitado el entorno para garantizar la
protección de la percepción de estas fachadas situadas en estas calles que son muy
estrechas, lo que hace que las visuales sean bastante sesgadas.

cve: BOE-A-2025-1134
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Núm. 19