Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-1134)
Acuerdo GOV/271/2024, de 23 de diciembre, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el Palau Solterra, en Torroella de Montgrí (Baix Empordà), y se delimita su entorno de protección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9532
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
1134
Acuerdo GOV/271/2024, de 23 de diciembre, por el que se declara bien
cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el Palau
Solterra, en Torroella de Montgrí (Baix Empordà), y se delimita su entorno de
protección.
Por la Resolución de 26 de mayo de 1981 (BOE núm.188, de 7 de agosto de 1981)
se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor del Palau
Solterra, en Torroella de Montgrí.
Por la Resolución CLT/2059/2024, de 6 de junio (DOGC núm. 9181, de 11 de junio
de 2024), se incoó expediente de delimitación del entorno de protección del Palau
Solterra, en Torroella de Montgrí, y se acumuló al anterior expediente de declaración.
Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente
de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de
septiembre, del patrimonio cultural catalán.
En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio
Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans.
Durante la tramitación del expediente no se han presentado alegaciones.
A propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno, acuerda:
1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento
histórico, el Palau Solterra, en Torroella de Montgrí (Baix Empordà), según la ubicación y
la descripción que constan en el anexo 1 de este acuerdo.
2. Delimitar el entorno de protección de este monumento. Este entorno se grafía en
el plano que se publica con este acuerdo y según la justificación que consta en el
anexo 2.
3. Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento y del entorno de
protección.
4. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en
el «Boletín Oficial del Estado» este acuerdo, de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y
notificarlo a las personas interesadas y al ayuntamiento del municipio donde radica el
bien.
Barcelona, 23 de diciembre de 2024.–El Secretario del Gobierno, Javier Villamayor
Caamaño.
ANEXO 1
Ubicación y descripción
El Palau Solterra está situado en la calle de l'Església núm. 10 del municipio de
Torroella de Montgrí y es uno de los edificios más emblemáticos del casco antiguo del
municipio.
cve: BOE-A-2025-1134
Verificable en https://www.boe.es
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalitat de Catalunya, en el plazo de
un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación
en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente
notificación.
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9532
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
1134
Acuerdo GOV/271/2024, de 23 de diciembre, por el que se declara bien
cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el Palau
Solterra, en Torroella de Montgrí (Baix Empordà), y se delimita su entorno de
protección.
Por la Resolución de 26 de mayo de 1981 (BOE núm.188, de 7 de agosto de 1981)
se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor del Palau
Solterra, en Torroella de Montgrí.
Por la Resolución CLT/2059/2024, de 6 de junio (DOGC núm. 9181, de 11 de junio
de 2024), se incoó expediente de delimitación del entorno de protección del Palau
Solterra, en Torroella de Montgrí, y se acumuló al anterior expediente de declaración.
Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente
de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de
septiembre, del patrimonio cultural catalán.
En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio
Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans.
Durante la tramitación del expediente no se han presentado alegaciones.
A propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno, acuerda:
1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento
histórico, el Palau Solterra, en Torroella de Montgrí (Baix Empordà), según la ubicación y
la descripción que constan en el anexo 1 de este acuerdo.
2. Delimitar el entorno de protección de este monumento. Este entorno se grafía en
el plano que se publica con este acuerdo y según la justificación que consta en el
anexo 2.
3. Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento y del entorno de
protección.
4. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en
el «Boletín Oficial del Estado» este acuerdo, de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y
notificarlo a las personas interesadas y al ayuntamiento del municipio donde radica el
bien.
Barcelona, 23 de diciembre de 2024.–El Secretario del Gobierno, Javier Villamayor
Caamaño.
ANEXO 1
Ubicación y descripción
El Palau Solterra está situado en la calle de l'Església núm. 10 del municipio de
Torroella de Montgrí y es uno de los edificios más emblemáticos del casco antiguo del
municipio.
cve: BOE-A-2025-1134
Verificable en https://www.boe.es
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalitat de Catalunya, en el plazo de
un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación
en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente
notificación.