Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-958)
Resolución de 28 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, con titulación de Doctor/a, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8532
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 28 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Las dos fases del concurso del proceso selectivo de los diferentes perfiles
científicos se celebrarán en la localidad y lugar que se explicitará en la resolución por la
que se aprueben las listas de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
2. En las dos fases de concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil científico
convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en la misma.
3. Las personas admitidas al proceso selectivo podrán solicitar en las dos fases de
que consta el concurso, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales
que precisen para su exposición.
Los candidatos extranjeros o de otros Estados Miembros de la Unión Europea
podrán realizar las pruebas en inglés, siempre que el candidato lo solicite.
4. El día de la citación para la realización de la primera fase del concurso, en el
momento de la presentación, y antes del inicio de la misma, la personas candidatas
entregarán al Tribunal los trabajos y documentos acreditativos del contenido de su
correspondiente currículo y, en sobre cerrado, un resumen con un máximo de cinco
páginas (UNE_A4) que contenga la visión del/de la aspirante acerca del estado actual del
tema objeto del perfil científico por el que se presenta, así como de sus posibles líneas de
evolución y de la actividad que prevean desarrollar en relación con dicho perfil científico.
La falta de presentación de la indicada documentación y del resumen, implicará la
exclusión del proceso selectivo.
5. La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, que tiene por objeto la
comprobación y calificación de los méritos alegados por las personas aspirantes y de las
tareas científicas desarrolladas y avaladas por su curriculum vitae, consistirá en la exposición
oral y pública por quienes aspiran a la plaza, en el tiempo máximo de treinta minutos, de los
méritos alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el curriculum vitae.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con la persona aspirante, durante un tiempo
máximo de una hora, sobre el contenido de su exposición oral, pudiendo formular todas
las preguntas que consideren convenientes y, fundamentalmente, aquellas que se
relacionen con los temas de trabajo más relevantes de la investigación.
En esta fase del concurso se valorarán los méritos relacionados directamente con el
perfil y tareas de la plaza, hasta un máximo de 40 puntos, según el baremo siguiente:
a) La participación y/o gestión en proyectos o contratos de I+D+i. La dirección o
coordinación científica de grupos, de proyectos de investigación, de equipamientos o de
instalaciones singulares. Las contribuciones científicas o tecnológicas realizadas,
valorando la calidad y repercusión de los trabajos originales de investigación publicados
o de las patentes licenciadas o internacionalizadas PCT. La redacción y publicación de
libros o capítulos de libros que sean resultado de un trabajo científico. La redacción de
artículos publicados en revistas científicas (máximo 20 puntos).
b) Las comunicaciones, ponencias o paneles aceptados en congresos o reuniones
científicas nacionales o internacionales. La elaboración de informes científicos sobre los
resultados de una investigación o con contenido novedoso. La dirección de tesis
doctorales o de maestría, así como de tesinas. La tutoría de becarios/as del Programa
de Formación de Personal Investigador o de otros programas de formación similares. La
dirección de cursos de postgrado o cursos de especialización. El desarrollo de
actividades que den lugar a la obtención de patentes. La experiencia en centros de
investigación nacionales o extranjeros (máximo 12 puntos).
cve: BOE-A-2025-958
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8532
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 28 de diciembre de 2024.–La Presidenta del Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Las dos fases del concurso del proceso selectivo de los diferentes perfiles
científicos se celebrarán en la localidad y lugar que se explicitará en la resolución por la
que se aprueben las listas de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
2. En las dos fases de concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil científico
convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en la misma.
3. Las personas admitidas al proceso selectivo podrán solicitar en las dos fases de
que consta el concurso, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales
que precisen para su exposición.
Los candidatos extranjeros o de otros Estados Miembros de la Unión Europea
podrán realizar las pruebas en inglés, siempre que el candidato lo solicite.
4. El día de la citación para la realización de la primera fase del concurso, en el
momento de la presentación, y antes del inicio de la misma, la personas candidatas
entregarán al Tribunal los trabajos y documentos acreditativos del contenido de su
correspondiente currículo y, en sobre cerrado, un resumen con un máximo de cinco
páginas (UNE_A4) que contenga la visión del/de la aspirante acerca del estado actual del
tema objeto del perfil científico por el que se presenta, así como de sus posibles líneas de
evolución y de la actividad que prevean desarrollar en relación con dicho perfil científico.
La falta de presentación de la indicada documentación y del resumen, implicará la
exclusión del proceso selectivo.
5. La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, que tiene por objeto la
comprobación y calificación de los méritos alegados por las personas aspirantes y de las
tareas científicas desarrolladas y avaladas por su curriculum vitae, consistirá en la exposición
oral y pública por quienes aspiran a la plaza, en el tiempo máximo de treinta minutos, de los
méritos alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el curriculum vitae.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con la persona aspirante, durante un tiempo
máximo de una hora, sobre el contenido de su exposición oral, pudiendo formular todas
las preguntas que consideren convenientes y, fundamentalmente, aquellas que se
relacionen con los temas de trabajo más relevantes de la investigación.
En esta fase del concurso se valorarán los méritos relacionados directamente con el
perfil y tareas de la plaza, hasta un máximo de 40 puntos, según el baremo siguiente:
a) La participación y/o gestión en proyectos o contratos de I+D+i. La dirección o
coordinación científica de grupos, de proyectos de investigación, de equipamientos o de
instalaciones singulares. Las contribuciones científicas o tecnológicas realizadas,
valorando la calidad y repercusión de los trabajos originales de investigación publicados
o de las patentes licenciadas o internacionalizadas PCT. La redacción y publicación de
libros o capítulos de libros que sean resultado de un trabajo científico. La redacción de
artículos publicados en revistas científicas (máximo 20 puntos).
b) Las comunicaciones, ponencias o paneles aceptados en congresos o reuniones
científicas nacionales o internacionales. La elaboración de informes científicos sobre los
resultados de una investigación o con contenido novedoso. La dirección de tesis
doctorales o de maestría, así como de tesinas. La tutoría de becarios/as del Programa
de Formación de Personal Investigador o de otros programas de formación similares. La
dirección de cursos de postgrado o cursos de especialización. El desarrollo de
actividades que den lugar a la obtención de patentes. La experiencia en centros de
investigación nacionales o extranjeros (máximo 12 puntos).
cve: BOE-A-2025-958
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18