Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-957)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan, por el sistema de concurso, plazas reservadas para personas con discapacidad, para la contratación de personal laboral fijo de los grupos profesionales M3, M2, M1, E2, 1G, 2G, 3G y 4G, sujetos al IV Convenio colectivo único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas e Instituto de Salud Carlos III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 8498

sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
2.1.7 Las personas aspirantes habrán de tener reconocida la condición legal de
persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
2.1.8 Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y
actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber
sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad
sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el
título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones,
oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una
certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con personas
menores de edad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, todas
aquellas que por su propia naturaleza y esencia conllevan el trato repetido, directo y
regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, así como, en todo
caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de
edad.
3.

Solicitudes

3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial,
al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la
siguiente URL: https://ips.redsara.es, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo
de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de Acceso General
(https://ips.redsara.es), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario
identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en
cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
La documentación adicional que, según lo previsto en el apartado 3.4, deben remitir
junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud
telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en el párrafo siguiente.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas
solicitudes se dirigirán, como órgano gestor, a la Secretaría General Adjunta de
Recursos Humanos del CSIC.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la
aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias, Apartado «Contacto»:
cau.060@correo.gob.es.

cve: BOE-A-2025-957
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 18