Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-957)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan, por el sistema de concurso, plazas reservadas para personas con discapacidad, para la contratación de personal laboral fijo de los grupos profesionales M3, M2, M1, E2, 1G, 2G, 3G y 4G, sujetos al IV Convenio colectivo único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas e Instituto de Salud Carlos III.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8502
8.2 La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes
actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de
admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los órganos de selección
de las pruebas selectivas.
d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en las convocatorias.
f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya
gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la
competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
8.3 El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de veinticuatro meses, a
contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la reseña de la
convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.
8.4 La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las
competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la
Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
8.5 Es responsabilidad del órgano competente del Ministerio de Ciencia, Innovación
y Universidades dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en
los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de
gestión.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el IV Convenio único para el
personal laboral de la Administración General del Estado, en lo que proceda de
conformidad su disposición transitoria tercera; el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, el resto de la legislación vigente en la materia, y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición
con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo Social, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la Jurisdicción Social.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones de cada Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 26 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Ciencia, Innovación y
Universidades, Carlos Marco Estellés.
cve: BOE-A-2025-957
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8502
8.2 La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes
actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas las listas de
admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar parte de los órganos de selección
de las pruebas selectivas.
d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en las convocatorias.
f) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya
gestión se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la
competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
8.3 El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de veinticuatro meses, a
contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la reseña de la
convocatoria de las pruebas selectivas cuya gestión material se encomienda.
8.4 La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las
competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la
Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
8.5 Es responsabilidad del órgano competente del Ministerio de Ciencia, Innovación
y Universidades dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en
los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de
gestión.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el IV Convenio único para el
personal laboral de la Administración General del Estado, en lo que proceda de
conformidad su disposición transitoria tercera; el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, el resto de la legislación vigente en la materia, y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición
con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o bien, demanda ante los Juzgados de lo Social, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la Jurisdicción Social.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones de cada Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 26 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Ciencia, Innovación y
Universidades, Carlos Marco Estellés.
cve: BOE-A-2025-957
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18