Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-957)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convocan, por el sistema de concurso, plazas reservadas para personas con discapacidad, para la contratación de personal laboral fijo de los grupos profesionales M3, M2, M1, E2, 1G, 2G, 3G y 4G, sujetos al IV Convenio colectivo único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas e Instituto de Salud Carlos III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8501
anexo II, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se
efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida.
7.4 El contrato se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la finalización
del plazo de entrega de documentación señalado en la base 7.2.
7.5 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas
convocadas.
7.6 El personal de nuevo ingreso de los grupos profesionales convocados tendrá
que superar un período de prueba de tres meses para los grupos profesionales M3, 1G,
M2 y 2G, y de un mes para los demás trabajadores o trabajadoras, excepto para el
personal sin titulación, para el que será de quince días laborables, de acuerdo con el
artículo 32 del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General
del Estado. Durante este período, la unidad de personal correspondiente evaluará el
correcto desempeño del puesto de trabajo y, en su caso, poner fin a la relación laboral
sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna. Quedan exentos
del período de prueba las personas trabajadoras que hayan ya desempeñado las
mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del
ámbito de aplicación del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración
General del Estado. En el caso de que alguna de las personas candidatas propuestas no
presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los
requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto
al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea
desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata de la relación a la
que se refiere la base 7.1.
7.7 Si una vez formalizado el contrato, alguna de las personas trabajadoras
causara baja, se podrá sustituir por la siguiente persona candidata de la lista a que se
refiere la base 7.1, en los términos establecidos en la Instrucción conjunta de las
Secretarías de Estado para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos sobre
procedimiento de autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de
funcionarios interinos.
7.8 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo
a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran
quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por cada Tribunal, y en todo caso la
realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que
han superado el proceso selectivo.
Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad de las personas
aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la materia, siempre
que se haya solicitado y acreditado por la persona interesada la concurrencia de las
circunstancias previstas en la norma de aplicación.
8.
Encomienda de gestión
8.1 La Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y la
Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) acuerdan, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que la citada Agencia lleve a cabo, por razones de eficacia,
la gestión material de las pruebas selectivas derivadas del Real Decreto 408/2022, de 24
de mayo por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de
empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
cve: BOE-A-2025-957
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8501
anexo II, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se
efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida.
7.4 El contrato se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la finalización
del plazo de entrega de documentación señalado en la base 7.2.
7.5 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas
convocadas.
7.6 El personal de nuevo ingreso de los grupos profesionales convocados tendrá
que superar un período de prueba de tres meses para los grupos profesionales M3, 1G,
M2 y 2G, y de un mes para los demás trabajadores o trabajadoras, excepto para el
personal sin titulación, para el que será de quince días laborables, de acuerdo con el
artículo 32 del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General
del Estado. Durante este período, la unidad de personal correspondiente evaluará el
correcto desempeño del puesto de trabajo y, en su caso, poner fin a la relación laboral
sin que ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna. Quedan exentos
del período de prueba las personas trabajadoras que hayan ya desempeñado las
mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del
ámbito de aplicación del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración
General del Estado. En el caso de que alguna de las personas candidatas propuestas no
presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los
requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto
al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea
desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata de la relación a la
que se refiere la base 7.1.
7.7 Si una vez formalizado el contrato, alguna de las personas trabajadoras
causara baja, se podrá sustituir por la siguiente persona candidata de la lista a que se
refiere la base 7.1, en los términos establecidos en la Instrucción conjunta de las
Secretarías de Estado para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos sobre
procedimiento de autorización de contratos de personal laboral y nombramiento de
funcionarios interinos.
7.8 Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo
a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran
quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el
derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a
tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por cada Tribunal, y en todo caso la
realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que
han superado el proceso selectivo.
Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad de las personas
aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la materia, siempre
que se haya solicitado y acreditado por la persona interesada la concurrencia de las
circunstancias previstas en la norma de aplicación.
8.
Encomienda de gestión
8.1 La Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y la
Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) acuerdan, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que la citada Agencia lleve a cabo, por razones de eficacia,
la gestión material de las pruebas selectivas derivadas del Real Decreto 408/2022, de 24
de mayo por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de
empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
cve: BOE-A-2025-957
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18