Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-956)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario, para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, Titulado/a Doctor/a, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 8487

resultados de una investigación o con contenido novedoso. La dirección de tesis
doctorales o de maestría, así como de tesinas. La tutoría de becarios/as del Programa
de Formación de Personal Investigador o de otros programas de formación similares. La
dirección de cursos de postgrado o cursos de especialización. El desarrollo de
actividades que den lugar a la obtención de patentes. La experiencia en centros de
investigación nacionales o extranjeros. (Máximo 12 puntos).
c) La participación en trabajos e informes de asesoramiento científico. La
participación en la implantación de sistemas de calidad en organizaciones. Los estudios
astrofísicos, geológicos, hidrológicos, oceanográficos, energéticos, medioambientales,
biosanitarios o de cualquier otra disciplina científica realizados con fines de investigación.
El estudio y desarrollo de nuevos procesos, sistemas o métodos. El diseño, construcción
y experimentación de prototipos y plantas piloto. Las actividades de divulgación de la
ciencia. La participación en actividades de gestión científica. Cualquier otro mérito que
alegue el aspirante relacionado con la especialidad objeto de la convocatoria (máximo 8
puntos).
Solo se podrán valorar los méritos que se tuvieran debidamente acreditados en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que estén en relación
directa con el perfil y tareas de la plaza.
La calificación de los/las aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes
apartados del baremo de esta primera fase del concurso se hará mediante deliberación
conjunta de los miembros del Tribunal, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada
aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dichas
calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros del Tribunal
mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada
uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se
unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase del concurso vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados
de este anexo, siendo necesario alcanzar 20 puntos, como mínimo, para pasar a la
segunda fase.
En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase del concurso podrá
aplicarse para superar la segunda fase.
Cada Tribunal o el Órgano Gestor publicará en los lugares establecidos en la
base 5.1, en la sede del Tribunal y en los lugares que se considere oportuno, la relación
provisional de las personas aspirantes que han sido valoradas con indicación de las
puntuaciones parciales obtenidas y la puntuación total.
Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días hábiles desde el primer día
hábil posterior la a fecha de publicación para presentar las alegaciones que estimen
oportunas. Concluido ese plazo la relación definitiva de puntuaciones obtenidas por cada
persona aspirante en esta primera fase será publicada en los mismos lugares que la
relación provisional.
6. Las personas aspirantes que han superado la primera fase realizarán la segunda
fase del concurso que tiene por objeto comprobar la adecuación de los méritos,
competencias y capacidades de los aspirantes con el perfil y tareas de la plaza por la
que participa y consistirá en la exposición oral y pública por el aspirante, durante un
tiempo máximo de una hora, de su visión de la actividad que podría desarrollar, en su
caso, en relación con el área de conocimiento o perfil científico objeto de la plaza
convocada, así como de sus posibles líneas de evolución. Seguidamente, el Tribunal
debatirá con el aspirante, durante un tiempo máximo de una hora, acerca de los
contenidos científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes.
Se valorará su conocimiento del perfil científico y de las innovaciones y avances

cve: BOE-A-2025-956
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Núm. 18