Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-956)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario, para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, Titulado/a Doctor/a, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8486
conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de la
resolución del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 24 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Ciencia, Innovación y
Universidades, Carlos Marco Estellés.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Las dos fases del concurso del proceso selectivo de los diferentes perfiles
científicos se celebrarán en la localidad y lugar que se explicitará en la resolución por la
que se aprueben las listas de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
2. En las dos fases de concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil científico
convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en la misma.
3. Las personas admitidas al proceso selectivo podrán solicitar en las dos fases de
que consta el concurso, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales
que precisen para su exposición.
Las pruebas podrán realizarse en inglés, siempre que el candidato lo solicite.
4. El día de la citación para la realización de la primera fase del concurso, en el
momento de la presentación, y antes del inicio de la misma, los/las candidatos/as
entregarán al Tribunal los trabajos y documentos acreditativos del contenido de su
correspondiente currículo y, en sobre cerrado, un resumen con un máximo de cinco
páginas (UNE_A4) que contenga la visión del/de la aspirante acerca del estado actual
del tema objeto del perfil científico por el que se presenta, así como de sus posibles
líneas de evolución y de la actividad que prevean desarrollar en relación con dicho perfil
científico.
La falta de presentación de la indicada documentación y del resumen, implicará la
exclusión del proceso selectivo.
5. La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, que tiene por objeto la
comprobación y calificación de los méritos alegados por los/las aspirantes y de las tareas
científicas desarrolladas y avaladas por su curriculum vitae, consistirá en la exposición
oral y pública por quienes aspiran a la plaza, en el tiempo máximo de treinta minutos, de
los méritos alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el curriculum vitae.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con el/la aspirante, durante un tiempo máximo de una
hora, sobre el contenido de su exposición oral, pudiendo formular todas las preguntas
que consideren convenientes y, fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los
temas de trabajo más relevantes de la investigación.
En esta fase del concurso se valorarán los méritos relacionados directamente con el
perfil y tareas de la plaza, hasta un máximo de 40 puntos, según el baremo siguiente:
a) La participación y/o gestión en proyectos o contratos de I+D+i. La dirección o
coordinación científica de grupos, de proyectos de investigación, de equipamientos o de
instalaciones singulares. Las contribuciones científicas o tecnológicas realizadas,
valorando la calidad y repercusión de los trabajos originales de investigación publicados
o de las patentes licenciadas o internacionalizadas PCT. La experiencia posdoctoral no
inferior a tres años en centros públicos o privados de I+D+i, empresas, o universidades
españolas o extranjeras. La redacción y publicación de libros o capítulos de libros que
sean resultado de un trabajo científico. La redacción de artículos publicados en revistas
científicas (máximo 20 puntos).
b) Las comunicaciones, ponencias o paneles aceptados en congresos o reuniones
científicas nacionales o internacionales. La elaboración de informes científicos sobre los
cve: BOE-A-2025-956
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8486
conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de la
resolución del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 24 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de Ciencia, Innovación y
Universidades, Carlos Marco Estellés.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Las dos fases del concurso del proceso selectivo de los diferentes perfiles
científicos se celebrarán en la localidad y lugar que se explicitará en la resolución por la
que se aprueben las listas de admitidos y excluidos al proceso selectivo.
2. En las dos fases de concurso, el Tribunal correspondiente a cada perfil científico
convocará sucesivamente a las personas que hayan sido admitidas en la misma.
3. Las personas admitidas al proceso selectivo podrán solicitar en las dos fases de
que consta el concurso, con carácter previo, la utilización de los medios audiovisuales
que precisen para su exposición.
Las pruebas podrán realizarse en inglés, siempre que el candidato lo solicite.
4. El día de la citación para la realización de la primera fase del concurso, en el
momento de la presentación, y antes del inicio de la misma, los/las candidatos/as
entregarán al Tribunal los trabajos y documentos acreditativos del contenido de su
correspondiente currículo y, en sobre cerrado, un resumen con un máximo de cinco
páginas (UNE_A4) que contenga la visión del/de la aspirante acerca del estado actual
del tema objeto del perfil científico por el que se presenta, así como de sus posibles
líneas de evolución y de la actividad que prevean desarrollar en relación con dicho perfil
científico.
La falta de presentación de la indicada documentación y del resumen, implicará la
exclusión del proceso selectivo.
5. La primera fase de concurso, de carácter eliminatorio, que tiene por objeto la
comprobación y calificación de los méritos alegados por los/las aspirantes y de las tareas
científicas desarrolladas y avaladas por su curriculum vitae, consistirá en la exposición
oral y pública por quienes aspiran a la plaza, en el tiempo máximo de treinta minutos, de
los méritos alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el curriculum vitae.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con el/la aspirante, durante un tiempo máximo de una
hora, sobre el contenido de su exposición oral, pudiendo formular todas las preguntas
que consideren convenientes y, fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los
temas de trabajo más relevantes de la investigación.
En esta fase del concurso se valorarán los méritos relacionados directamente con el
perfil y tareas de la plaza, hasta un máximo de 40 puntos, según el baremo siguiente:
a) La participación y/o gestión en proyectos o contratos de I+D+i. La dirección o
coordinación científica de grupos, de proyectos de investigación, de equipamientos o de
instalaciones singulares. Las contribuciones científicas o tecnológicas realizadas,
valorando la calidad y repercusión de los trabajos originales de investigación publicados
o de las patentes licenciadas o internacionalizadas PCT. La experiencia posdoctoral no
inferior a tres años en centros públicos o privados de I+D+i, empresas, o universidades
españolas o extranjeras. La redacción y publicación de libros o capítulos de libros que
sean resultado de un trabajo científico. La redacción de artículos publicados en revistas
científicas (máximo 20 puntos).
b) Las comunicaciones, ponencias o paneles aceptados en congresos o reuniones
científicas nacionales o internacionales. La elaboración de informes científicos sobre los
cve: BOE-A-2025-956
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