Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-992)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se publica el Convenio con Novartis Farmacéutica, SA, para la realización de la Jornada «Innovación Digital en Salud: transformación para un sistema eficiente y accesible».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8772
Exención de responsabilidad
NOVARTIS puede, a su entera discreción, proporcionar orientación, documentos,
información, asesoramiento, intercambio de mejores prácticas, conocimientos, ideas o
ejemplos (en adelante, la «Orientación») al Tercero con el fin de cumplir con este Código
de Terceros. El tercero reconoce y acepta que NOVARTIS proporcione dicha Orientación
únicamente con fines informativos y que esta no sustituye al asesoramiento de
profesionales o al cumplimiento de los requisitos legales aplicables. El tercero deposita
su confianza en la Orientación de NOVARTIS por su cuenta y riesgo, y cualquier
consecuencia de las decisiones relacionadas con dicha Orientación, o relacionadas con
la implementación de la misma, es responsabilidad exclusiva del tercero. NOVARTIS no
garantiza ni realiza ningún tipo de declaración con respecto a la exactitud o integridad de
dicha Orientación, y nadie, incluido el tercero, en modo alguno, le hará responsable de
las consecuencias de la confianza depositada en dicha Orientación o derivadas de su
implementación por parte del tercero.
Glosario
3TG: Según lo definido en la Ley Dodd-Frank de 2010, sección 1502, se trata del
estaño (casiterita), el tántalo (coltán, columbita-tantalita), el tungsteno (wolframita) y el oro.
Trabajo infantil: De acuerdo con el artículo 2 del Convenio núm. 138 de la OIT
(Convenio sobre la edad mínima de 1973), todo joven menor de 15 años (o menor de 14
años en aquellos países con una derogación).
Todo joven con una edad inferior a la edad mínima legal para trabajar local, cuando
esta sea superior a los 15 años.
Todo joven con una edad inferior a la edad para la enseñanza obligatoria legal local,
cuando esta sea superior a los 15 años.
Legislación/Leyes de protección de datos:
a. Reglamento general de protección de datos (2016/679).
b. Todas las demás leyes/normativas vigentes o nuevas que estén relacionadas con
el tratamiento de los datos personales de un interesado o su privacidad, o que
repercutan en ello.
Donación: Beneficio que NOVARTIS otorga a organizaciones legítimas con un
propósito altruista y especificado, por el cual NOVARTIS no espera (y no existe ningún
acuerdo ni intención) recibir a cambio un beneficio, consideración o servicio.
Subvención: Contribución solicitada de forma independiente a una organización
legítima con un fin específico sin expectativas, sin un acuerdo o intención de recibir un
beneficio tangible (beneficio cuantificable o mensurable y objetivo).
BPF (Buenas prácticas de fabricación): Sistema para garantizar que los
medicamentos se producen y controlan de forma consistente según los estándares de
calidad adecuados para el uso al que están destinados y conforme lo requieran las
especificaciones del producto.
Profesional sanitario (PS): Cualquier miembro, estudiante o investigador de la
profesión médica, dental, optómetra, óptica, farmacéutica o de enfermería, o cualquier
otra persona, trabajador social, psicólogo clínico, miembro del comité de selección de
fármacos, y socio de comités de farmacia y tratamiento (P&T) que, durante el transcurso
de sus actividades profesionales, proporciona servicios médicos y pueda recetar, pedir,
dispensar, recomendar, adquirir, proveer, administrar, alquilar o usar productos
farmacéuticos y/o tecnologías médicas, y todos los miembros de su personal
administrativo.
Trata de personas: El transporte, la acogida, el reclutamiento, el traslado o la
recepción de personas por medio de amenazas, fuerza, coacción, secuestro o fraude,
por motivos laborales o para obtener servicios.
cve: BOE-A-2025-992
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8772
Exención de responsabilidad
NOVARTIS puede, a su entera discreción, proporcionar orientación, documentos,
información, asesoramiento, intercambio de mejores prácticas, conocimientos, ideas o
ejemplos (en adelante, la «Orientación») al Tercero con el fin de cumplir con este Código
de Terceros. El tercero reconoce y acepta que NOVARTIS proporcione dicha Orientación
únicamente con fines informativos y que esta no sustituye al asesoramiento de
profesionales o al cumplimiento de los requisitos legales aplicables. El tercero deposita
su confianza en la Orientación de NOVARTIS por su cuenta y riesgo, y cualquier
consecuencia de las decisiones relacionadas con dicha Orientación, o relacionadas con
la implementación de la misma, es responsabilidad exclusiva del tercero. NOVARTIS no
garantiza ni realiza ningún tipo de declaración con respecto a la exactitud o integridad de
dicha Orientación, y nadie, incluido el tercero, en modo alguno, le hará responsable de
las consecuencias de la confianza depositada en dicha Orientación o derivadas de su
implementación por parte del tercero.
Glosario
3TG: Según lo definido en la Ley Dodd-Frank de 2010, sección 1502, se trata del
estaño (casiterita), el tántalo (coltán, columbita-tantalita), el tungsteno (wolframita) y el oro.
Trabajo infantil: De acuerdo con el artículo 2 del Convenio núm. 138 de la OIT
(Convenio sobre la edad mínima de 1973), todo joven menor de 15 años (o menor de 14
años en aquellos países con una derogación).
Todo joven con una edad inferior a la edad mínima legal para trabajar local, cuando
esta sea superior a los 15 años.
Todo joven con una edad inferior a la edad para la enseñanza obligatoria legal local,
cuando esta sea superior a los 15 años.
Legislación/Leyes de protección de datos:
a. Reglamento general de protección de datos (2016/679).
b. Todas las demás leyes/normativas vigentes o nuevas que estén relacionadas con
el tratamiento de los datos personales de un interesado o su privacidad, o que
repercutan en ello.
Donación: Beneficio que NOVARTIS otorga a organizaciones legítimas con un
propósito altruista y especificado, por el cual NOVARTIS no espera (y no existe ningún
acuerdo ni intención) recibir a cambio un beneficio, consideración o servicio.
Subvención: Contribución solicitada de forma independiente a una organización
legítima con un fin específico sin expectativas, sin un acuerdo o intención de recibir un
beneficio tangible (beneficio cuantificable o mensurable y objetivo).
BPF (Buenas prácticas de fabricación): Sistema para garantizar que los
medicamentos se producen y controlan de forma consistente según los estándares de
calidad adecuados para el uso al que están destinados y conforme lo requieran las
especificaciones del producto.
Profesional sanitario (PS): Cualquier miembro, estudiante o investigador de la
profesión médica, dental, optómetra, óptica, farmacéutica o de enfermería, o cualquier
otra persona, trabajador social, psicólogo clínico, miembro del comité de selección de
fármacos, y socio de comités de farmacia y tratamiento (P&T) que, durante el transcurso
de sus actividades profesionales, proporciona servicios médicos y pueda recetar, pedir,
dispensar, recomendar, adquirir, proveer, administrar, alquilar o usar productos
farmacéuticos y/o tecnologías médicas, y todos los miembros de su personal
administrativo.
Trata de personas: El transporte, la acogida, el reclutamiento, el traslado o la
recepción de personas por medio de amenazas, fuerza, coacción, secuestro o fraude,
por motivos laborales o para obtener servicios.
cve: BOE-A-2025-992
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18