Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-988)
Resolución de 13 de enero de 2025, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, para la comprobación de la residencia que figura en la base padronal de las personas que constan de alta en el Sistema de Información Poblacional como empadronados en la Comunitat Valenciana y cesión de datos de las personas empadronadas para llevar a cabo diversos programas y actuaciones en materia de Salud Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8725
en ella. Este convenio, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 11
de junio de 2020 y su vigencia finalizó el 10 de junio de 2024.
Undécimo.
Que la citada situación aconseja el establecimiento de un nuevo cauce formal de
colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística y la Conselleria de Sanidad de la
Generalitat Valenciana.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer el marco general de colaboración entre
el Instituto Nacional de Estadística (en adelante, INE) y la Generalitat, a través de la
Conselleria de Sanidad, para la comprobación periódica de la residencia en la Comunitat
Valenciana de las personas que constan de alta en el Sistema de Información
Poblacional (SIP) como empadronadas, así como para la cesión de información del
padrón municipal, fijándose el procedimiento y las condiciones de cesión, estableciendo
los compromisos de utilización de la misma.
Segunda.
La Conselleria de Sanidad se compromete a:
– Enviar directamente al INE un fichero con los datos personales de las personas
que constan de alta en el Sistema de Información Poblacional (SIP) como empadronadas
en la Comunitat Valenciana para los que precisa disponer de información actualizada.
– Utilizar la información recibida del INE para la comprobación periódica de la
residencia en la Comunitat Valenciana de las personas que constan de alta en el Sistema
de Información Poblacional (SIP) como empadronadas y las posteriores actuaciones que
de ello se deriven en aplicación de su gestión. Una vez recibida la respuesta del INE, con
la información indicada en la cláusula tercera de este convenio, la Conselleria de
Sanidad no podrá dar de baja del Sistema de Información Poblacional (SIP) a ninguna
persona únicamente en base a esta información, si no que deberá solicitarle que aporte
el correspondiente certificado o volante de empadronamiento actualizado, expedido por
el ayuntamiento del municipio en el que resida.
– Dar de alta en el Sistema de Información Poblacional a las personas
empadronadas en la Comunitat Valenciana, lo que permitirá mantener actualizada la
información para su participación adecuada en los programas poblacionales incluidos en
la cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud establecida por el Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, según
lo previsto en el artículo 8, bis, ter, quáter y quinquies de la Ley 16/2003, de 28 de mayo,
de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, entre los que se encuentran los
siguientes:
● Programas de atención al embarazo y de la salud infantil.
● Programas de Vacunación, Inmunización Sistemática y en Grupos de Riesgo.
● Programa de Sistema de Información para la Gestión en Drogodependencias.
● Programas de Cribado Poblacional:
○ Programa de Prevención de Cáncer de Mama de la Comunidad Valenciana.
○ Programa de Prevención de Cáncer Colorrectal de la Comunidad Valenciana.
cve: BOE-A-2025-988
Verificable en https://www.boe.es
1.
Compromisos de las partes.
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8725
en ella. Este convenio, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 11
de junio de 2020 y su vigencia finalizó el 10 de junio de 2024.
Undécimo.
Que la citada situación aconseja el establecimiento de un nuevo cauce formal de
colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística y la Conselleria de Sanidad de la
Generalitat Valenciana.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer el marco general de colaboración entre
el Instituto Nacional de Estadística (en adelante, INE) y la Generalitat, a través de la
Conselleria de Sanidad, para la comprobación periódica de la residencia en la Comunitat
Valenciana de las personas que constan de alta en el Sistema de Información
Poblacional (SIP) como empadronadas, así como para la cesión de información del
padrón municipal, fijándose el procedimiento y las condiciones de cesión, estableciendo
los compromisos de utilización de la misma.
Segunda.
La Conselleria de Sanidad se compromete a:
– Enviar directamente al INE un fichero con los datos personales de las personas
que constan de alta en el Sistema de Información Poblacional (SIP) como empadronadas
en la Comunitat Valenciana para los que precisa disponer de información actualizada.
– Utilizar la información recibida del INE para la comprobación periódica de la
residencia en la Comunitat Valenciana de las personas que constan de alta en el Sistema
de Información Poblacional (SIP) como empadronadas y las posteriores actuaciones que
de ello se deriven en aplicación de su gestión. Una vez recibida la respuesta del INE, con
la información indicada en la cláusula tercera de este convenio, la Conselleria de
Sanidad no podrá dar de baja del Sistema de Información Poblacional (SIP) a ninguna
persona únicamente en base a esta información, si no que deberá solicitarle que aporte
el correspondiente certificado o volante de empadronamiento actualizado, expedido por
el ayuntamiento del municipio en el que resida.
– Dar de alta en el Sistema de Información Poblacional a las personas
empadronadas en la Comunitat Valenciana, lo que permitirá mantener actualizada la
información para su participación adecuada en los programas poblacionales incluidos en
la cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud establecida por el Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, según
lo previsto en el artículo 8, bis, ter, quáter y quinquies de la Ley 16/2003, de 28 de mayo,
de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, entre los que se encuentran los
siguientes:
● Programas de atención al embarazo y de la salud infantil.
● Programas de Vacunación, Inmunización Sistemática y en Grupos de Riesgo.
● Programa de Sistema de Información para la Gestión en Drogodependencias.
● Programas de Cribado Poblacional:
○ Programa de Prevención de Cáncer de Mama de la Comunidad Valenciana.
○ Programa de Prevención de Cáncer Colorrectal de la Comunidad Valenciana.
cve: BOE-A-2025-988
Verificable en https://www.boe.es
1.
Compromisos de las partes.