Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-926)
Resolución de 9 de enero de 2025, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con Institució Catalana de Recerca i Estudis Avançats, para la colaboración en el ámbito de captación, movilidad y retención de talento científico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8250
responsabilidades laborales, ni cambio en la dependencia jerárquica del personal
involucrado.
Ambas partes se comprometen a cumplir estrictamente con la normativa aplicable en
materia laboral, incluyendo aquellas relativas a la cesión ilegal de trabajadores. La
transferencia de dichos complementos se realiza exclusivamente para incentivar,
reconocer y recompensar la productividad y los resultados, sin afectar las relaciones
laborales del personal adscrito con ICREA, ni su relación de dependencia con ICREA.
3. En relación a la participación que corresponda al Personal Investigador Adscrito
en los beneficios derivados de la explotación de resultados de la investigación, será
aplicable la regulación prevista en la cláusula 12.
4. El Personal Investigador Adscrito podrá disfrutar de los beneficios y ayudas del
BSC-CNS en las mismas condiciones que el personal propio del organismo, siempre que
lo permita la normativa aplicable y no sea imprescindible disponer de un contrato laboral
con el BSC-CNS.
5. El BSC-CNS podrá abonar al Personal Investigador Adscrito las compensaciones
e indemnizaciones por razón del servicio que prevea su normativa aplicable y que se
deriven de la actividad profesional que realicen en su condición de adscritos.
Séptima.
Actividades compatibles.
1. El Personal Investigador Adscrito podrá compatibilizar su actividad de
investigación como un investigador ICREA con una segunda actividad docente,
investigadora y/o de dirección científica en la universidad, o en un centro o estructura de
investigación, en los términos que establece la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
incompatibilidades del personal al Servicio de las administraciones públicas, la
Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la
Administración de la Generalitat, y el Acuerdo GOV/41/2019, de 11 de marzo, (DOGC
núm. 7830, 14 de marzo de 2019), siempre que no interfiera su actividad investigadora y
sea autorizada por el director de ICREA. Cualquier autorización de compatibilidad que
ICREA quiera tramitar en favor del Personal Investigador Adscrito en el BSC-CNS se
adjuntará al «Formulario de Adscripción».
2. El Personal Investigador Adscrito no podrá formalizar el contrato con la
Universidad o con el centro o estructura de investigación hasta que no haya obtenido la
correspondiente autorización por parte de ICREA y su inclusión en el «Formulario de
Adscripción».
1. El BSC-CNS podrá suscribir contratos y convenios y solicitar ayudas y
subvenciones para actividades que comporten la participación del Personal Investigador
Adscrito, por iniciativa propia o por solicitud de este investigador o de su grupo de
investigación.
2. El BSC-CNS tramitará y gestionará los proyectos, contratos y convenios de
investigación con terceras entidades que el Personal Investigador Adscrito le solicite y
que se adecúen a la normativa aplicable y a la estrategia del instituto de adscripción.
3. Las solicitudes de ayudas y subvenciones públicas o privadas por parte del
Personal Investigador Adscrito se realizarán exclusivamente a través del BSC-CNS que
asumirá la gestión de la solicitud y contratación correspondiente, y el seguimiento de los
procedimientos de justificación que en cada caso sean aplicables.
Las Partes tratarán de potenciar mutuamente su actividad de investigación con la
participación conjunta en proyectos de investigación, y acordarán procedimientos
específicos para implementar esta participación, cuando las condiciones de las ayudas o
proyectos lo requieran. Los procedimientos podrán incluir subcontratación mutua, modelo
de third party o additional beneficiary en proyectos europeos u otros de naturaleza
similar, de acuerdo con la normativa de aplicación en cada momento.
cve: BOE-A-2025-926
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Ayudas y subvenciones. Contratos y convenios.
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8250
responsabilidades laborales, ni cambio en la dependencia jerárquica del personal
involucrado.
Ambas partes se comprometen a cumplir estrictamente con la normativa aplicable en
materia laboral, incluyendo aquellas relativas a la cesión ilegal de trabajadores. La
transferencia de dichos complementos se realiza exclusivamente para incentivar,
reconocer y recompensar la productividad y los resultados, sin afectar las relaciones
laborales del personal adscrito con ICREA, ni su relación de dependencia con ICREA.
3. En relación a la participación que corresponda al Personal Investigador Adscrito
en los beneficios derivados de la explotación de resultados de la investigación, será
aplicable la regulación prevista en la cláusula 12.
4. El Personal Investigador Adscrito podrá disfrutar de los beneficios y ayudas del
BSC-CNS en las mismas condiciones que el personal propio del organismo, siempre que
lo permita la normativa aplicable y no sea imprescindible disponer de un contrato laboral
con el BSC-CNS.
5. El BSC-CNS podrá abonar al Personal Investigador Adscrito las compensaciones
e indemnizaciones por razón del servicio que prevea su normativa aplicable y que se
deriven de la actividad profesional que realicen en su condición de adscritos.
Séptima.
Actividades compatibles.
1. El Personal Investigador Adscrito podrá compatibilizar su actividad de
investigación como un investigador ICREA con una segunda actividad docente,
investigadora y/o de dirección científica en la universidad, o en un centro o estructura de
investigación, en los términos que establece la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
incompatibilidades del personal al Servicio de las administraciones públicas, la
Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la
Administración de la Generalitat, y el Acuerdo GOV/41/2019, de 11 de marzo, (DOGC
núm. 7830, 14 de marzo de 2019), siempre que no interfiera su actividad investigadora y
sea autorizada por el director de ICREA. Cualquier autorización de compatibilidad que
ICREA quiera tramitar en favor del Personal Investigador Adscrito en el BSC-CNS se
adjuntará al «Formulario de Adscripción».
2. El Personal Investigador Adscrito no podrá formalizar el contrato con la
Universidad o con el centro o estructura de investigación hasta que no haya obtenido la
correspondiente autorización por parte de ICREA y su inclusión en el «Formulario de
Adscripción».
1. El BSC-CNS podrá suscribir contratos y convenios y solicitar ayudas y
subvenciones para actividades que comporten la participación del Personal Investigador
Adscrito, por iniciativa propia o por solicitud de este investigador o de su grupo de
investigación.
2. El BSC-CNS tramitará y gestionará los proyectos, contratos y convenios de
investigación con terceras entidades que el Personal Investigador Adscrito le solicite y
que se adecúen a la normativa aplicable y a la estrategia del instituto de adscripción.
3. Las solicitudes de ayudas y subvenciones públicas o privadas por parte del
Personal Investigador Adscrito se realizarán exclusivamente a través del BSC-CNS que
asumirá la gestión de la solicitud y contratación correspondiente, y el seguimiento de los
procedimientos de justificación que en cada caso sean aplicables.
Las Partes tratarán de potenciar mutuamente su actividad de investigación con la
participación conjunta en proyectos de investigación, y acordarán procedimientos
específicos para implementar esta participación, cuando las condiciones de las ayudas o
proyectos lo requieran. Los procedimientos podrán incluir subcontratación mutua, modelo
de third party o additional beneficiary en proyectos europeos u otros de naturaleza
similar, de acuerdo con la normativa de aplicación en cada momento.
cve: BOE-A-2025-926
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Ayudas y subvenciones. Contratos y convenios.