Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-914)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que, en ejecución de sentencia, se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Titulado Superior, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
4.3
Sec. II.B. Pág. 7940
A la solicitud se acompañará:
– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las
condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española. (Excluyente).
– La justificación documental de los méritos profesionales y académicos invocados
en la solicitud.
– Justificante de haber abonado los derechos de examen. (Excluyente).
– Fotocopia de la titulación requerida. (Excluyente).
4.4 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se
autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones
de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los
tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la
Universidad, en la página web de la Universidad de Oviedo, y en los Boletines Oficiales
de la Comunidad Autónoma y del Estado.
5.ª
Admisión de aspirantes
5.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Oviedo, a propuesta de la Comisión Calificadora, dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y
aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos para cada grupo de plazas con
indicación de las causas de la exclusión. En las listas deberán constar en todo caso los
apellidos, nombre y algunos dígitos del número del Documento Nacional de Identidad.
5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de
la Universidad de Oviedo, para poder subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión o la omisión de las relaciones de admitidos y excluidos, así como para aportar
documentación a los efectos de justificar adecuadamente los méritos ya invocados en la
solicitud inicial.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen
sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la convocatoria.
Asimismo, sólo en este plazo será admitida documentación acreditativa de los
méritos ya invocados en la solicitud y no justificados.
5.3 Seguidamente, a propuesta de la Comisión Calificadora, mediante resolución
del Rector de la Universidad de Oviedo, se harán públicas en la página web de la
Universidad de Oviedo las listas definitivas de admitidos y excluidos.
Dicha resolución podrá ser impugnada ante los Juzgados de lo Social en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo
establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Previamente,y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el
Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sistema de selección
El proceso de selección se realizará mediante el sistema de concurso, con las
valoraciones que se especifican en el anexo II de esta convocatoria.
Serán valorados los méritos alegados y probados documentalmente por cada
concursante, conforme al baremo que figura en el anexo II de esta convocatoria.
7.ª
Comisión Calificadora
7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo III de esta convocatoria.
cve: BOE-A-2025-914
Verificable en https://www.boe.es
6.ª
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
4.3
Sec. II.B. Pág. 7940
A la solicitud se acompañará:
– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las
condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española. (Excluyente).
– La justificación documental de los méritos profesionales y académicos invocados
en la solicitud.
– Justificante de haber abonado los derechos de examen. (Excluyente).
– Fotocopia de la titulación requerida. (Excluyente).
4.4 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se
autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones
de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en los
tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la
Universidad, en la página web de la Universidad de Oviedo, y en los Boletines Oficiales
de la Comunidad Autónoma y del Estado.
5.ª
Admisión de aspirantes
5.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Oviedo, a propuesta de la Comisión Calificadora, dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y
aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos para cada grupo de plazas con
indicación de las causas de la exclusión. En las listas deberán constar en todo caso los
apellidos, nombre y algunos dígitos del número del Documento Nacional de Identidad.
5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de
la Universidad de Oviedo, para poder subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión o la omisión de las relaciones de admitidos y excluidos, así como para aportar
documentación a los efectos de justificar adecuadamente los méritos ya invocados en la
solicitud inicial.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen
sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la convocatoria.
Asimismo, sólo en este plazo será admitida documentación acreditativa de los
méritos ya invocados en la solicitud y no justificados.
5.3 Seguidamente, a propuesta de la Comisión Calificadora, mediante resolución
del Rector de la Universidad de Oviedo, se harán públicas en la página web de la
Universidad de Oviedo las listas definitivas de admitidos y excluidos.
Dicha resolución podrá ser impugnada ante los Juzgados de lo Social en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo
establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Previamente,y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el
Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sistema de selección
El proceso de selección se realizará mediante el sistema de concurso, con las
valoraciones que se especifican en el anexo II de esta convocatoria.
Serán valorados los méritos alegados y probados documentalmente por cada
concursante, conforme al baremo que figura en el anexo II de esta convocatoria.
7.ª
Comisión Calificadora
7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo III de esta convocatoria.
cve: BOE-A-2025-914
Verificable en https://www.boe.es
6.ª