Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-914)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Universidad de Oviedo, por la que, en ejecución de sentencia, se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral con la categoría de Titulado Superior, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 7939

d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el
normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas por sentencia judicial firme.
f) Estar en posesión del título de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Grado más
Máster o titulación equivalente reconocida oficialmente. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero, estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del
contrato.
4.ª

Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán solicitarlo
mediante instancia, según modelo que figura como anexo I de esta convocatoria que se
presentará en el Registro General de la Universidad de Oviedo (plaza de Riego, n.º 4,
Oviedo), en los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio
Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio Administrativo del Campus de Gijón,
en el Servicio de Administración del Campus del Milán, en el Campus del Cristo «A» de
Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, calle Catedrático Valentín
Andrés Álvarez) y en el Centro de Servicios Universitarios en Avilés (calle La Ferrería,
n.º 7-9), así como en las Oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u
oficinas consulares y, electrónicamente, sólo a través del tramitador electrónico de la
Universidad de Oviedo –dado que aún no existe interoperabilidad entre los registros
electrónicos de las distintas Administraciones Públicas–, en el plazo de diez días
naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la
Universidad de Oviedo. Los sucesivos actos y resoluciones serán publicados en el BOPA
y en la página web de la Universidad de Oviedo. La instancia se facilitará gratuitamente
en el Registro General de la Universidad de Oviedo. De igual modo, el modelo de
solicitud se encontrará disponible en el servidor de Internet de esta Universidad: (http.//
www.uniovi.es/pas/convocatorias/laboral/libre).
En supuestos de discapacidad, se hará constar en la instancia dicha condición, el
tipo de discapacidad, así como el grado reconocido por las autoridades competentes.
Para quienes hayan prestado servicios en la Universidad de Oviedo, el Servicio de
Gestión de Personal adjuntará de oficio a la instancia la correspondiente hoja de
servicios. Dicha certificación podrá ser verificada individualmente por los interesados a
través del portal del empleado, disponiendo de un plazo de tres días hábiles a contar
desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes para presentar las alegaciones
que consideren oportunas.
La fecha de referencia para la valoración de todos los méritos, incluida la
experiencia, es la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los derechos de examen serán de 42 euros para cada grupo de plazas
convocadas, y se ingresarán en Unicaja, número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000
0604, bajo el nombre correspondiente a la categoría profesional y número de puesto al
que se concurse, siendo las opciones «Titulado Superior, número 174», «Titulado
Superior, número 175» o «Titulado Superior números 176, 177, 178 y 179». Constará
como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del
resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y
determinará la exclusión del aspirante.

cve: BOE-A-2025-914
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Núm. 17