Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-932)
Resolución de 3 de enero de 2025, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, por el que se encomienda a ésta la dispensación de medicamentos y productos sanitarios en centros de asistencia social.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8303
lograr una más eficiente gestión de la misma, logrando un ahorro en el coste de la
financiación pública de los medicamentos, al establecerse por precio de venta de
laboratorio.
En estos centros asistenciales residen personas que son beneficiarias de MUFACE,
a las que se debe garantizar un fácil acceso al servicio de atención farmacéutica en
condiciones de igualdad respecto al resto de residentes.
Cuarto.
El artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (en adelante LRJSP), regula las encomiendas de gestión como instrumento
jurídico a través del cual se encomiendan a órganos o Entidades de Derecho Público la
realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de otros
órganos o Entidades de Derecho Público, de la misma o distinta Administración, por
razones, entre otras, de eficacia.
Quinto.
El 5 de marzo de 2018 se suscribió un Convenio entre la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado y la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja por el
que se encomendaba a ésta la dispensación de medicamentos y productos sanitarios en
centros de asistencia social de la Comunidad Autónoma Rioja a los beneficiarios de
MUFACE residentes en estos centros desde el servicio de farmacia de determinados
hospitales dependientes de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, que actúan
como proveedores de atención farmacéutica y de suministro de fármacos. Este convenio
tenía una vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2020 y fue prorrogado
posteriormente hasta el 31 de diciembre de 2024 mediante una Adenda de Prórroga
suscrita el 18 de diciembre de 2020. Por parte de ambas partes suscribientes de ese
convenio, se considera necesario la suscripción de un nuevo convenio con el mismo
objeto.
De acuerdo con lo manifestado anteriormente, la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado y la Consejería de Salud y Políticas Sociales del
Gobierno de La Rioja, suscriben el siguiente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El presente convenio tiene como objeto la encomienda de la dispensación de
medicamentos y productos sanitarios desde el servicio de farmacia de determinados
hospitales de La Rioja dependientes de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, que
actúan como proveedores de atención farmacéutica y de suministro de fármacos, a los
beneficiarios de MUFACE residentes en los centros de asistencia social de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.
En el supuesto de prescripción de medicamentos que, conforme a la normativa
sanitaria vigente, estén sometidos a reservas singulares mediante visado, el responsable
designado por la Consejería de Salud y Políticas Sociales, con carácter previo a su
dispensación, lo comunicará al Servicio Provincial de MUFACE de La Rioja para su
verificación. La validez de esta aprobación o visado respecto a un determinado
medicamento será la que se determine en la prescripción, sin que pueda superar como
máximo un año.
cve: BOE-A-2025-932
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8303
lograr una más eficiente gestión de la misma, logrando un ahorro en el coste de la
financiación pública de los medicamentos, al establecerse por precio de venta de
laboratorio.
En estos centros asistenciales residen personas que son beneficiarias de MUFACE,
a las que se debe garantizar un fácil acceso al servicio de atención farmacéutica en
condiciones de igualdad respecto al resto de residentes.
Cuarto.
El artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público (en adelante LRJSP), regula las encomiendas de gestión como instrumento
jurídico a través del cual se encomiendan a órganos o Entidades de Derecho Público la
realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de otros
órganos o Entidades de Derecho Público, de la misma o distinta Administración, por
razones, entre otras, de eficacia.
Quinto.
El 5 de marzo de 2018 se suscribió un Convenio entre la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado y la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja por el
que se encomendaba a ésta la dispensación de medicamentos y productos sanitarios en
centros de asistencia social de la Comunidad Autónoma Rioja a los beneficiarios de
MUFACE residentes en estos centros desde el servicio de farmacia de determinados
hospitales dependientes de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, que actúan
como proveedores de atención farmacéutica y de suministro de fármacos. Este convenio
tenía una vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2020 y fue prorrogado
posteriormente hasta el 31 de diciembre de 2024 mediante una Adenda de Prórroga
suscrita el 18 de diciembre de 2020. Por parte de ambas partes suscribientes de ese
convenio, se considera necesario la suscripción de un nuevo convenio con el mismo
objeto.
De acuerdo con lo manifestado anteriormente, la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado y la Consejería de Salud y Políticas Sociales del
Gobierno de La Rioja, suscriben el siguiente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El presente convenio tiene como objeto la encomienda de la dispensación de
medicamentos y productos sanitarios desde el servicio de farmacia de determinados
hospitales de La Rioja dependientes de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, que
actúan como proveedores de atención farmacéutica y de suministro de fármacos, a los
beneficiarios de MUFACE residentes en los centros de asistencia social de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.
En el supuesto de prescripción de medicamentos que, conforme a la normativa
sanitaria vigente, estén sometidos a reservas singulares mediante visado, el responsable
designado por la Consejería de Salud y Políticas Sociales, con carácter previo a su
dispensación, lo comunicará al Servicio Provincial de MUFACE de La Rioja para su
verificación. La validez de esta aprobación o visado respecto a un determinado
medicamento será la que se determine en la prescripción, sin que pueda superar como
máximo un año.
cve: BOE-A-2025-932
Verificable en https://www.boe.es
Primera.