Ministerio de Industria y Turismo. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-904)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 7833
Los representantes de las Organizaciones Sindicales se designarán a propuesta de
las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación
por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez
días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes, que en caso de ausencia
justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de un
subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y poseer,
además, un grado personal o desempeñar puesto de trabajo con niveles iguales o
superiores a los convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos en calidad de asesores, con voz pero sin voto, de acuerdo con el
artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el órgano convocante
previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas y la valoración final, deberán reflejarse en el acta
que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
este hecho podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución, de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas. El listado de exclusiones se
publicará en la página web de este Departamento (www.mintur.gob.es).
3. Concluido el plazo de subsanaciones el órgano convocante aprobará la lista
definitiva de solicitantes admitidos, que se publicará al menos en la página web de este
Departamento (www.mintur.gob.es).
4. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Listados provisionales de valoración de méritos.
1. Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las
valoraciones provisionales otorgadas, la Comisión de valoración publicará en la página
web de este Departamento los listados provisionales de valoración de los méritos para
cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de 5 días
hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
2. Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no
se hubieran presentado alegaciones.
3. La Comisión de Valoración estudiará y resolverá expresamente las alegaciones
presentadas determinando la puntuación definitiva de las solicitudes a las que se
refieran.
cve: BOE-A-2025-904
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 7833
Los representantes de las Organizaciones Sindicales se designarán a propuesta de
las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación
por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez
días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes, que en caso de ausencia
justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de un
subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y poseer,
además, un grado personal o desempeñar puesto de trabajo con niveles iguales o
superiores a los convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos en calidad de asesores, con voz pero sin voto, de acuerdo con el
artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el órgano convocante
previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas y la valoración final, deberán reflejarse en el acta
que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
este hecho podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución, de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas. El listado de exclusiones se
publicará en la página web de este Departamento (www.mintur.gob.es).
3. Concluido el plazo de subsanaciones el órgano convocante aprobará la lista
definitiva de solicitantes admitidos, que se publicará al menos en la página web de este
Departamento (www.mintur.gob.es).
4. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Listados provisionales de valoración de méritos.
1. Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las
valoraciones provisionales otorgadas, la Comisión de valoración publicará en la página
web de este Departamento los listados provisionales de valoración de los méritos para
cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de 5 días
hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
2. Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no
se hubieran presentado alegaciones.
3. La Comisión de Valoración estudiará y resolverá expresamente las alegaciones
presentadas determinando la puntuación definitiva de las solicitudes a las que se
refieran.
cve: BOE-A-2025-904
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Novena.