Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-873)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización en los institutos, centros y unidades del CSIC los periodos de formación en empresa en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de enero de 2025

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significativas realizadas en el ICU, con registro de los resultados obtenidos, que
cumplimentará el tutor del ICU.
f) Establecer las normas de funcionamiento interno que rijan en cada ICU, así como
advertir al alumnado por escrito que su incumplimiento puede ser causa de que se ponga
término a la autorización de entrada al referido establecimiento, circunstancia ésta de la
que será informado por escrito el centro de FP y la Comisión de Seguimiento regulada
en la cláusula sexta. Asimismo, el alumnado recibirá, por parte del CSIC, información de
la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
g) Informar a los representantes de las personas trabajadoras del ICU del contenido
específico del programa formativo que desarrollarán los/as alumnos/as, de su duración,
del horario de las actividades, y la localización del centro o centros de trabajo donde
éstas se realizarán.
En relación con la Formación Profesional de régimen intensivo, el CSIC se
compromete, además a:
a) Formalizar –en función de su política, disponibilidades y normativa de
contratación aplicable– un contrato laboral de formación (o fórmula transitoria que
establezca la normativa de conformidad con la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo),
de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral correspondiente, así como con las
singularidades propias del régimen del Sistema de Formación Profesional.
b) Dar de alta al estudiante en la Seguridad Social durante el tiempo que dure su
estancia en el CSIC en el Régimen General de la Seguridad Social que corresponda
según la normativa vigente.
Los compromisos previstos en las letras a) y b) anteriores se asumirán, en todo lo que el
CSIC no cuente con financiación externa que los cubra, con cargo al ICU, o grupo de
investigación del CSIC, en el que se integre el alumnado. En caso de formalizarse un contrato,
la contratación sería por el capítulo 1, como personal laboral, y se imputaría a la aplicación
presupuestaria a nivel de vinculación en el presupuesto de gastos, 28.301.463A.131 en el caso
de adoptar la fórmula transitoria prevista en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, beca, iría
al capítulo 7, con imputación a la aplicación presupuestaria a nivel de vinculación en el
presupuesto de gastos del CSIC, 28.301.463A.780.10.
El importe máximo anual (incluida la Seguridad Social), para la formalización de cada
contrato de formación y aprendizaje, estimando el coste del mencionado contrato
en 21.000 euros, será para esta Comunidad Autónoma de 21.500 euros.
No obstante, en el caso de que, por darse en un curso un elevado número de
propuestas de formación profesional intensiva, el cumplimiento de dichas obligaciones
sobrepasara las previsiones presupuestarias anuales destinadas a cubrir esos gastos, el
CSIC suspenderá la firma de los documentos que concreten esta modalidad de
formación profesional por falta de disponibilidad presupuestaria, hasta en tanto se
disponga de nuevo crédito presupuestario adecuado y suficiente.
2. La Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad autónoma de La Rioja
se compromete a:
a) Designar, a través de los centros de FP, una persona que ejerza la tutoría para la
planificación del programa formativo, la evaluación y el seguimiento del alumnado, en
colaboración con la persona que ejerza la tutoría en el ICU del CSIC, así como de
aquellas otras funciones previstas en la normativa de aplicación.
b) Dar a conocer, tanto al personal docente que participe en el desarrollo del
periodo formativo en empresa como al alumnado que lo realice, el contenido de este
convenio.
c) Difundir entre sus centros de FP las plazas disponibles para la realización de
periodos formativos en empresa que los ICU del CSIC oferten para cada curso
académico, durante la vigencia del presente convenio.

cve: BOE-A-2025-873
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