Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-778)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a Universidades y otros centros académicos, para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 7183

2.6 Las entidades beneficiarias seleccionarán, en coordinación con la AIReF, a los
alumnos participantes en los programas objeto de las presentes ayudas siguiendo los
criterios establecidos por la AIReF, y concederán y abonarán las becas.
2.7 Los alumnos en prácticas habrán de reunir, en todo caso, los siguientes
requisitos:
a) Estar cursando el último año de estudios de Grado, Licenciado o Ingeniero; o
estar en posesión del título de Grado, Licenciado o Ingeniero con antigüedad máxima de
dos años y continuar matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro
académico; o estar matriculado en un programa oficial de máster o doctorado en
Economía o cualesquiera otros estudios relacionados con la actividad de la AIReF; o,
habiendo obtenido el título de máster o doctor en los últimos tres años, continuar
matriculado en algún programa formativo de la Universidad o centro académico.
b) No encontrarse incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La AIReF podrá establecer requisitos adicionales de conocimientos específicos,
idiomas u otros, en las convocatorias que publique.
2.8 Al amparo de lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley General
de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización
del solicitante para que el órgano competente obtenga de forma directa las
certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social, salvo que así lo haga constar en la solicitud, en cuyo caso serán
aportadas por el interesado, en el momento oportuno, si fuera propuesto para la
adjudicación de la ayuda. En el caso de que el solicitante no esté sujeto en España a
dichas obligaciones deberá aportar una declaración responsable.
2.9 La concesión y disfrute de las becas no genera relación contractual o
estatutaria alguna entre el becario y la AIReF y, por consiguiente, no supondrá en ningún
caso relación de empleo ni funcionarial con la citada institución ni compromiso alguno en
cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.
2.10 La obligación de dar de alta en la Seguridad Social a los estudiantes en
prácticas corresponderá a la Universidad o centro académico beneficiarios, que
asumirán la obligación de abonar tanto la cuota que corresponda al estudiante en
prácticas como la que corresponda a la entidad concedente de la beca.
La Universidad o centro académico beneficiarios serán también responsables de que
se realicen las correspondientes retenciones a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas y su ingreso a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La responsabilidad civil que pudiese surgir por la actuación del becario en el
desarrollo de sus funciones quedará cubierta por el correspondiente seguro, cuya póliza
será suscrita a tal efecto por la Universidad o centro académico beneficiarios.
Tanto las cuotas correspondientes a la Seguridad Social, como la correspondiente al
seguro de responsabilidad civil, se podrán descontar de la dotación para la beca
concedida, minorando la cuantía a percibir por el alumno. Asimismo, se podrán
descontar de dicho importe hasta un máximo de 50 euros por alumno y mes, para
atender gastos de gestión.
Base 3. Diario oficial en que se publicará el extracto de la convocatoria. Forma y
plazo de presentación de las solicitudes.
3.1 El extracto de la convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2 Las solicitudes de las ayudas deberán presentarse por las Universidades y
centros académicos en la forma y plazos recogidos en la convocatoria.
3.3 Las solicitudes que los alumnos dirijan a las Universidades y centros
académicos se presentarán en la forma prevista por la respectiva Universidad o centro al
convocar el procedimiento selectivo de los becarios. Las Universidades y centros

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Núm. 15