Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-788)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque eólico Baro, de 52 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Lugo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 7320

Las fuentes emisoras de campos electromagnéticos consideradas por el promotor son
las generadas por las líneas aéreas de 132 kV y 30 kV soterradas, exclusivamente, no
teniendo en cuenta el campo generado por los transformadores, entendiendo éste que, si
el campo magnético generado por los conductores está por debajo del límite exigido para
el público en general por el Real Decreto 1066/2001, que establece unos límites de
exposición de 100 μT, con mayor número de circuitos y más intensidad, en el resto de la
instalación, incluido el aerogenerador, los valores obtenidos serán inferiores. Los
resultados obtenidos muestran que el valor máximo de campo de inducción magnética
generado por la línea aérea de evacuación de 132 kV, en el exterior accesible por el
público de la línea, sin precisar distancias, es de 2,3 μT. Por otro lado, los valores
máximos en el caso de la línea subterránea de 30 kV son iguales o inferiores a 3 μT. No
obstante, el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) debe contemplar la afección que puede
suponer la ejecución del proyecto a viviendas y edificaciones próximas con usos sensibles
afectados, así como otros que pudiesen existir. En este aspecto, la línea aérea cruza y se
encuentra limítrofe a las entidades de población indicadas bajo el presente epígrafe.
El estudio de impacto incluye un estudio de parpadeo de sombras de los
aerogeneradores en los receptores potenciales. El promotor considera los valores
marcados por la «Alcance del Estudio de Impacto Ambiental para Parques Eólicos»,
publicada por la Dirección General de Salud Pública de la Xunta de Galicia, que
establece unos límites para el efecto sombra y que fija un máximo de 30 horas al año en
el escenario más desfavorable y 8 horas al año, para el caso real-estadístico. El
promotor indica que se exceden en 30 receptores de los 158 localizados las 30 horas por
año de sombras y 23 receptores exceden las 8 horas por año de sombras en un radio
igual a 10 veces el diámetro del rotor de cada una de las turbinas del parque eólico
proyectadas, aunque no se puede descartar que alguno de los receptores se
corresponda con viviendas habitadas aisladas.
En la envolvente de 3 km del parque eólico, se encuentran dos Áreas de Especial
Interés Paisajístico (AIEP). La AEIP_03_06 Fonmiñá se halla a 2,6 km del aerogenerador
BAR-07 y la AEIP_12_08 Fraga de Vilapena se encuentra a 2,6 km del aerogenerador
reserva 1 y a 2,6 km del aerogenerador BAR-05.
Los aerogeneradores BAR-01 y BAR-02 limitan al oeste con el monte vecinal en
mano común (MVMC) 660 Carracedo, río seco e chao de Louseira y es atravesado por
la zanja de conexión. Las posiciones BAR-06 al BAR-10 limitan al oeste con el
MVMC 346 Amido.
El proyecto se enmarca sobre una zona de Alto Riesgo de Incendio según el Plan
Territorial de Emergencias de Galicia (PLATERGA).
Durante el funcionamiento del parque eólico, se estima un impacto económico
positivo, impulsando la creación de empleo debido al seguimiento ambiental y a las
labores de operación y mantenimiento requeridos. Estas actuaciones suponen efectos
beneficiosos para el sector servicios de las localidades cercanas al proyecto. Del mismo
modo, podrían suponer una inyección económica durante toda la vida útil para los
propietarios de los terrenos afectados por la ocupación permanente de las instalaciones
a través de los contratos de arrendamiento, así como a los ayuntamientos, debido a los
pagos correspondientes a licencias requeridas por estos para el desarrollo del proyecto.
8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos
En el área de influencia de menos de 3 km, según el visor cartográfico del Registro
Eólico de Galicia, existen otros parques eólicos en funcionamiento, autorizados o en
obras como A Pastoriza a menos de 1 km del parque eólico Baro; el de Cadeira,
a 2,5 km, y Farrapa I Fase I a 2,3 km.
En una envolvente de 10 km en torno al parque eólico proyectado, existen al
menos 31 parques eólicos tanto en funcionamiento como en fase de tramitación que
contabilizan 235 aerogeneradores. Se suman 2.669 apoyos de líneas eléctricas
existentes y otros 242 apoyos en proyecto.

cve: BOE-A-2025-788
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Núm. 15