Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-691)
Resolución 420/38004/2025, de 9 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge, para el desarrollo de actividades conjuntas en zona de operaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Jueves 16 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 6583

Las aportaciones del MOPS en zona de operaciones serán las siguientes:
a) Se acordarán en las reuniones de coordinación los detalles sobre los traslados,
el alojamiento, la manutención, y la asistencia y tratamiento médico del personal de la
otra parte, teniéndose en cuenta la situación de seguridad y las características de las
instalaciones y centros en zona de operaciones.
b) Los traslados y medidas de seguridad que sean necesarios para la ejecución de
los proyectos o actividades se coordinarán con los responsables de transporte y
seguridad de los contingentes desplegados.
c) En caso de enfermedad, herida grave o fallecimiento, se informará a la mayor
brevedad posible al MOPS, quien lo comunicará al Estado Mayor de la Defensa y a la
Fundación.
Tercera.

Aportaciones de la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge.

Las aportaciones de la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge serán las
siguientes:
a) En base a la información recibida de la Sección J9 del Estado Mayor del MOPS
relativa a la propuesta de realización de determinadas donaciones y proyectos de
impacto rápido en una determinada zona de operaciones, estudiará su viabilidad y, en
caso de llevarse a cabo, se ceñirá a las indicaciones y pautas establecidas en los
procedimientos oprativos estádar (SOP,s) promulgados en ese Mando al respecto.
b) Asimismo, y con idénticos requerimientos desarrollará en la zona de operaciones
que se determine actividades de asistencia y asesoramiento agropecuarios específicos a
los colectivos de personal civil que lo precisen.
c) A tales fines Impulsará las actuaciones necesarias para la preparación del
personal y material necesario para el desarrollo de las actividades mencionadas y su
traslado a la zona de operaciones una vez autorizado.
d) Seleccionará al personal preciso para llevar a cabo las acciones de asistencia y
asesoramiento agropecuarios, entrega de donaciones o inauguración de proyectos de
impacto rápido en zona de operaciones.
e) Ejecutará en tiempo las acciones necesarias para el desarrollo de la actividad.
f) En relación a los traslados de personal y material a la zona de operaciones podrá
solicitar al MOPS el empleo de medios militares de transporte estratégico. Esta
propuesta será analizada y aprobada caso por caso haciendo uso siempre de
capacidades remanentes.
Procederá de igual modo en relación al alojamiento, manutención, asistencia y
tratamiento médico del personal durante su estancia en zona de operaciones. En
sucesivas reuniones de coordinación se fijarán las condiciones al respecto, teniéndose
en cuenta la situación de seguridad y las características de las instalaciones y centros en
zona de operaciones.
g) Garantizar que todo el personal seleccionado esté cubierto por un seguro, tanto
de accidentes como de responsabilidad civil.
Financiación.

1. Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto
público. No podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros
gastos de personal.
2. No obstante, la fundación es consciente de contar con la cobertura y financiación
adecuada y con cargo a sus presupuestos en todo lo relativo a traslados, alojamiento,
manutención, posibles gastos de asistencia y tratamiento médico y los seguros de
accidentes y responsabilidad civil correspondientes.
Mediante los citados seguros, el MINISDEF queda exonerado de cualquier
responsabilidad por dicho motivo. La fundación remitirá al MOPS copia de las pólizas de

cve: BOE-A-2025-691
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.