Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-691)
Resolución 420/38004/2025, de 9 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge, para el desarrollo de actividades conjuntas en zona de operaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6582
con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan
los intereses nacionales.
Segundo.
Que la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge está dedicada a impulsar
acciones asistenciales, humanitarias, culturales y patrimoniales; asimismo identificada
con los valores que propugna la cultura de defensa, considera de especial interés
profundizar la colaboración con las Fuerzas Armadas en la realización de actividades de
Cooperación Cívico-Militar en diversas zonas de operaciones.
Tercero.
Que la realización de actividades de carácter asistencial, humanitaria y cultural,
plasmada esta última en la asesoría de materias propias de las ingenierías y tecnologías
agropecuarias en zonas de operaciones, favorece la cooperación entre la población civil,
organizaciones y los diversos contingentes de las Fuerzas Armadas Españolas en el
marco de los tres pilares que sustentan la Cooperación Cívico-Militar (enlace, apoyo al
entorno civil y apoyo del entorno civil a la Fuerza), lo que contribuye al mejor
cumplimiento de la misión de aquellas en operaciones, al tiempo que contribuye a la
mejora de la imagen de España en el exterior.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de este convenio entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través del
Mando de Operaciones del Estado Mayor de la Defensa (MOPS), y la Fundación Orden
Constantiniana de San Jorge es el desarrollo de actividades de asesoramiento propias
de las ingenierías y tecnologías agropecuarias, así como contribuir a través de
donaciones y financiación de proyectos de impacto rápido (QIPs) que contribuyan al
apoyo de la población civil en aquellas zonas de operaciones donde operen las FAS.
Los términos en los que éstas actividades han de llevarse a cabo se determinarán en
las reuniones referidas en la cláusula sexta, que contarán con la participación de
representantes de ambas partes.
Segunda.
Aportaciones del Mando de Operaciones del Estado Mayor de la Defensa.
a) Seleccionará, de entre las zonas de operaciones donde operen las FAS
españolas, aquella o aquellas que se adecúen a la realización de las actividades que
recoge el presente convenio.
b) Una vez aprobado por el Comandante del Mando de Operaciones (CMOPS) la
actividad y/o programa presentado por la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge,
la Sección J9 del Estado Mayor del MOPS coordinará con la misma y con el Jefe de
Contingente de la zona elegida las fechas más convenientes para su realización, la
duración de la actividad, posibilidades de transporte, personal y material a transportar,
requisitos de seguridad, apoyos necesarios de ejecución y cualquier otro punto digno de
consideración.
c) El MOPS informará a la fundación acerca de la documentación que es necesario
cumplimentar para obtener las acreditaciones y permisos pertinentes para el traslado de
personal y material en su caso a la zona de operaciones.
cve: BOE-A-2025-691
Verificable en https://www.boe.es
Las aportaciones del MOPS en territorio nacional serán las siguientes:
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6582
con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan
los intereses nacionales.
Segundo.
Que la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge está dedicada a impulsar
acciones asistenciales, humanitarias, culturales y patrimoniales; asimismo identificada
con los valores que propugna la cultura de defensa, considera de especial interés
profundizar la colaboración con las Fuerzas Armadas en la realización de actividades de
Cooperación Cívico-Militar en diversas zonas de operaciones.
Tercero.
Que la realización de actividades de carácter asistencial, humanitaria y cultural,
plasmada esta última en la asesoría de materias propias de las ingenierías y tecnologías
agropecuarias en zonas de operaciones, favorece la cooperación entre la población civil,
organizaciones y los diversos contingentes de las Fuerzas Armadas Españolas en el
marco de los tres pilares que sustentan la Cooperación Cívico-Militar (enlace, apoyo al
entorno civil y apoyo del entorno civil a la Fuerza), lo que contribuye al mejor
cumplimiento de la misión de aquellas en operaciones, al tiempo que contribuye a la
mejora de la imagen de España en el exterior.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de este convenio entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través del
Mando de Operaciones del Estado Mayor de la Defensa (MOPS), y la Fundación Orden
Constantiniana de San Jorge es el desarrollo de actividades de asesoramiento propias
de las ingenierías y tecnologías agropecuarias, así como contribuir a través de
donaciones y financiación de proyectos de impacto rápido (QIPs) que contribuyan al
apoyo de la población civil en aquellas zonas de operaciones donde operen las FAS.
Los términos en los que éstas actividades han de llevarse a cabo se determinarán en
las reuniones referidas en la cláusula sexta, que contarán con la participación de
representantes de ambas partes.
Segunda.
Aportaciones del Mando de Operaciones del Estado Mayor de la Defensa.
a) Seleccionará, de entre las zonas de operaciones donde operen las FAS
españolas, aquella o aquellas que se adecúen a la realización de las actividades que
recoge el presente convenio.
b) Una vez aprobado por el Comandante del Mando de Operaciones (CMOPS) la
actividad y/o programa presentado por la Fundación Orden Constantiniana de San Jorge,
la Sección J9 del Estado Mayor del MOPS coordinará con la misma y con el Jefe de
Contingente de la zona elegida las fechas más convenientes para su realización, la
duración de la actividad, posibilidades de transporte, personal y material a transportar,
requisitos de seguridad, apoyos necesarios de ejecución y cualquier otro punto digno de
consideración.
c) El MOPS informará a la fundación acerca de la documentación que es necesario
cumplimentar para obtener las acreditaciones y permisos pertinentes para el traslado de
personal y material en su caso a la zona de operaciones.
cve: BOE-A-2025-691
Verificable en https://www.boe.es
Las aportaciones del MOPS en territorio nacional serán las siguientes: