Comunidad Autónoma de Cantabria. I. Disposiciones generales. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2025-643)
Ley 3/2024, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 6382
Sujeto pasivo. Serán sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas y las
entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria a las que se presten los
servicios objeto de esta tasa.
Devengo. La tasa se devengará en el momento de solicitar la prestación del
servicio o cuando éste se realice, si se ejecuta de oficio por la Administración.
Tarifas:
A) Visitas de inspección a centros y establecimientos de servicios sociales:
A.1 Visitas periódicas de inspección: 40,72 euros.
A.2 Visitas para concesión de autorización de funcionamiento: 81,45 euros.
B) Inscripción en el Registro de Entidades Centros y Servicios Sociales:
B.1 Cuotas de inscripción: 20,38 euros.»
Seis.
Modificación del anexo.
Se añade un nuevo apartado al anexo, «De tasas de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, Organismos Públicos y Entes de Derecho Público
Dependientes», con el siguiente contenido:
«Parlamento de Cantabria. Tasa de inscripción en los procesos selectivos de
personal al servicio del Parlamento de Cantabria.
– Las personas desempleadas que figuren inscritas como tales en los
Servicios Públicos de Empleo con al menos un mes de antelación a la fecha de
publicación de la convocatoria del proceso selectivo, debiendo acompañar a la
solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y
así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución
administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que
haya convivido en análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los
hijos de los heridos y fallecidos.
– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución
judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia
condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el
órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos.
– Los miembros de familias numerosas o monoparentales, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
cve: BOE-A-2025-643
Verificable en https://www.boe.es
a) Hecho imponible: Constituye el hecho imponible de la tasa la inscripción
en los procesos selectivos de personal al servicio del Parlamento de Cantabria.
b) Sujeto pasivo: Son sujetos pasivos de la tasa quienes soliciten la
inscripción para realizar las pruebas selectivas de personal al servicio del
Parlamento de Cantabria.
c) Exenciones: Estarán exentos del pago de esta tasa:
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 6382
Sujeto pasivo. Serán sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas y las
entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria a las que se presten los
servicios objeto de esta tasa.
Devengo. La tasa se devengará en el momento de solicitar la prestación del
servicio o cuando éste se realice, si se ejecuta de oficio por la Administración.
Tarifas:
A) Visitas de inspección a centros y establecimientos de servicios sociales:
A.1 Visitas periódicas de inspección: 40,72 euros.
A.2 Visitas para concesión de autorización de funcionamiento: 81,45 euros.
B) Inscripción en el Registro de Entidades Centros y Servicios Sociales:
B.1 Cuotas de inscripción: 20,38 euros.»
Seis.
Modificación del anexo.
Se añade un nuevo apartado al anexo, «De tasas de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Cantabria, Organismos Públicos y Entes de Derecho Público
Dependientes», con el siguiente contenido:
«Parlamento de Cantabria. Tasa de inscripción en los procesos selectivos de
personal al servicio del Parlamento de Cantabria.
– Las personas desempleadas que figuren inscritas como tales en los
Servicios Públicos de Empleo con al menos un mes de antelación a la fecha de
publicación de la convocatoria del proceso selectivo, debiendo acompañar a la
solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y
así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución
administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que
haya convivido en análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los
hijos de los heridos y fallecidos.
– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución
judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia
condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el
órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos.
– Los miembros de familias numerosas o monoparentales, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
cve: BOE-A-2025-643
Verificable en https://www.boe.es
a) Hecho imponible: Constituye el hecho imponible de la tasa la inscripción
en los procesos selectivos de personal al servicio del Parlamento de Cantabria.
b) Sujeto pasivo: Son sujetos pasivos de la tasa quienes soliciten la
inscripción para realizar las pruebas selectivas de personal al servicio del
Parlamento de Cantabria.
c) Exenciones: Estarán exentos del pago de esta tasa: