Comunidad Autónoma de Cantabria. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-642)
Ley 2/2024, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Jueves 16 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 6333

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia podrán crearse o incrementarse
mediante cualquier figura de modificación presupuestaria para la ejecución de créditos
presupuestarios del programa 140A «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», sin ser
exigibles los requisitos recogidos en el artículo 50.6 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre,
de Finanzas de Cantabria.
Trece. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 51.1 de la Ley 14/2006, de 24 de
octubre, de Finanzas de Cantabria, podrán autorizarse generaciones de crédito que
creen o incrementen créditos del programa 140A del «Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia» con ingresos procedentes de ejercicios anteriores, financiándose con el
remanente de tesorería afectado correspondiente.
Catorce. Se faculta a la persona titular de la Consejería de Economía, Hacienda,
Financiación Autonómica y Fondos Europeos para autorizar las transferencias de crédito
desde créditos de otras Secciones Presupuestarias al artículo 22 «material, suministros y
otros» del programa presupuestario 921O de la Consejería de Presidencia, Justicia,
Seguridad y Simplificación Administrativa.
CAPÍTULO II
De las competencias del Parlamento de Cantabria
Artículo 19.

De las competencias del Parlamento de Cantabria.

Uno. Las dotaciones presupuestarias del Parlamento de Cantabria se librarán en
firme y por trimestres anticipados, y no estarán sujetas a ningún tipo de justificación ante
el Gobierno de Cantabria.
Dos. A la Mesa del Parlamento de Cantabria le corresponde dirigir y controlar la
ejecución y gestión de la sección 1 de los presentes Presupuestos, según lo establecido
en el Reglamento del Parlamento de Cantabria.
CAPÍTULO III
Liquidación de los Presupuestos y Cuenta General
Artículo 20.

Tramitación de la Liquidación de los Presupuestos y de la Cuenta General.

Uno. Como consecuencia de la liquidación de los Presupuestos de 2024 se
determinará:
a) El estado de Liquidación del Presupuesto de Gastos.
b) El estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos.
c) El resultado presupuestario.

cve: BOE-A-2025-642
Verificable en https://www.boe.es

Dos. La Consejería de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos
Europeos someterá a la aprobación del Gobierno de Cantabria la Liquidación del
Presupuesto de 2024 antes del 30 de junio de 2025.
Tres. La Cuenta General de la Comunidad Autónoma correspondiente al ejercicio
de 2024 será remitida al Parlamento de Cantabria antes del 31 de octubre de 2025.