Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-992)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva por la que se otorga autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública en concreto de una línea aérea de transporte de energía eléctrica en el término municipal de la Palma del Condado (Huelva) (Nuestra referencia: SV ENERGÍA/ECL/AT-18025 Expediente: HU-T-000000010).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Miércoles 15 de enero de 2025

Sec. V-B. Pág. 1636

ellas, procede:
- Desestimar las alegaciones formuladas por los alegantes en cuanto a la
modificación del trazado de la línea puesto que supondría nuevas afecciones a los
demás afectados y a nuevos propietarios no recogidos en la relación de bienes y
derechos afectados que no han tenido acceso a la información pública, y podría
conllevar una modificación sustancial que implicaría empezar de nuevo con la
tramitación. Además el trazado aprobado es el menos agresivo para el entorno.
- Por lo que respecta a las alegaciones de don Juan Lagares Benavente y doña
Manuela del Valle González Pérez y doña Isabel López Alanís sobre los posibles
perjuicios y menoscabos sobre las actividades que se realizan en las parcelas
afectadas y las edificaciones y aprovechamientos existentes en las mismas,
procede asimismo su desestimación, puesto que la instalación de la línea es
totalmente compatible con las actividades agrícolas desarrolladas en las fincas y
su trazado no discurre por la zona de influencia de las edificaciones y pozos.
- En cuanto a los riesgos para la salud de la exposición a los campos
electromagnéticos de las líneas eléctricas, hay que manifestar que la para la
administración sanitaria no existe ninguna evidencia científica que avale dichos
riesgos para la salud pública.
- En relación al interés público general y la utilidad pública de las instalaciones
de energía eléctrica hay que dejar claro que ambos vienen reconocidos y avalados
por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/
2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y en el caso concreto de la línea objeto del
presente expediente queda totalmente demostrado su interés público general al
tratarse de una instalación que se construye para dar servicio a la ciudadanía.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho arriba reseñados,
así como la propuesta favorable del Servicio de Energía, esta Delegación
Territorial
RESUELVE

Segundo.- Esta Autorización Administrativa Previa y de Construcción se otorga
de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre y en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la
normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los
trabajos a esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y
de Industria, Energía y Minas en Huelva.

cve: BOE-B-2025-992
Verificable en https://www.boe.es

Primero.- Conceder Autorización Administrativa Previa y Autorización
Administrativa de Construcción para el Proyecto de instalación de energía eléctrica
denominada Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV doble circuito
entrada y salida en el Condado de la línea Cristóbal Colón-Santiponce, cuyas
características principales son las mencionadas en el Antecedente de Hecho
Segundo, a favor de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, con
NIF A85309219.