Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-636)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Alicante, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario al pasaje para el tráfico de cruceros turísticos en el Puerto de Alicante.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025
b)
Sec. III. Pág. 6229
Servicio de carga y descarga de equipajes no acompañado
N.º de medios
humanos o horario
mínimo de la
prestación
Disposición de
medios
(Concesionario/
Licenciatario)
Responsable de
Explotación.
Las principales funciones serán:
− Interlocutor con la Autoridad Portuaria, debiendo estar localizable de
forma permanente.
− Responsable de la correcta prestación de los servicios conforme a los
niveles de calidad exigidos con capacidad suficiente de toma de
decisiones.
Deberá contar como mínimo con la siguiente formación:
− Titulación de grado medio.
− Dominio del idioma castellano e inglés (mínimo nivel B2 certificado).
− Experiencia mínima requerida:
Al menos 3 años en funciones similares en empresas dedicadas al
transporte de pasajeros o la prestación de servicios a los mismos.
1
C
Coordinadores del servicio.
Las principales funciones del equipo de coordinadores para la cobertura
del servicio mediante turnos son:
− Cumplimiento de los procedimientos operativos de los diferentes
servicios que integran el servicio portuario al pasaje.
− Gestión de los medios humanos y técnicos dispuesto por la empresa
titular de la licencia.
− Gestión y trámites administrativos relacionados con la atención al
cliente y a los usuarios del servicio.
− Atención y gestión de las quejas y reclamaciones que se pudieran
presentar por deficiencias en los servicios prestados.
− Redacción de informes a la Autoridad Portuaria.
− Velar por las instalaciones y equipos titularidad de la Autoridad
Portuaria.
− Gestión del mantenimiento de los equipos necesarios para la
prestación del servicio.
− Apoyo al Responsable de Explotación.
− Reportar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toda la
información necesaria y prestar colaboración solicitada.
1 Equipo.
C
Vigilantes de Seguridad.
Realizarán el control del equipaje con medios radioscópicos y según
procedimiento establecido en Los Planes de Protección de la Instalación
Portuaria y en el Plan de Protección del Puerto. Comunicación de
incidencias del control radioscópico a la autoridad competente. Gestión
de espacios y medios para los controles de seguridad.
Deberán contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Certificado de realización del curso de vigilante de seguridad en
puertos según la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la
Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los
programas de formación del personal de seguridad privada y la Orden
INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
1
L
Operario - auxiliares.
Funciones:
− Manipulación y transporte de los equipajes.
Deberán contar como mínimo con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Dominio del idioma castellano.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
6
L
Medios humanos
Funciones y formación requerida
cve: BOE-A-2025-636
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13
Miércoles 15 de enero de 2025
b)
Sec. III. Pág. 6229
Servicio de carga y descarga de equipajes no acompañado
N.º de medios
humanos o horario
mínimo de la
prestación
Disposición de
medios
(Concesionario/
Licenciatario)
Responsable de
Explotación.
Las principales funciones serán:
− Interlocutor con la Autoridad Portuaria, debiendo estar localizable de
forma permanente.
− Responsable de la correcta prestación de los servicios conforme a los
niveles de calidad exigidos con capacidad suficiente de toma de
decisiones.
Deberá contar como mínimo con la siguiente formación:
− Titulación de grado medio.
− Dominio del idioma castellano e inglés (mínimo nivel B2 certificado).
− Experiencia mínima requerida:
Al menos 3 años en funciones similares en empresas dedicadas al
transporte de pasajeros o la prestación de servicios a los mismos.
1
C
Coordinadores del servicio.
Las principales funciones del equipo de coordinadores para la cobertura
del servicio mediante turnos son:
− Cumplimiento de los procedimientos operativos de los diferentes
servicios que integran el servicio portuario al pasaje.
− Gestión de los medios humanos y técnicos dispuesto por la empresa
titular de la licencia.
− Gestión y trámites administrativos relacionados con la atención al
cliente y a los usuarios del servicio.
− Atención y gestión de las quejas y reclamaciones que se pudieran
presentar por deficiencias en los servicios prestados.
− Redacción de informes a la Autoridad Portuaria.
− Velar por las instalaciones y equipos titularidad de la Autoridad
Portuaria.
− Gestión del mantenimiento de los equipos necesarios para la
prestación del servicio.
− Apoyo al Responsable de Explotación.
− Reportar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toda la
información necesaria y prestar colaboración solicitada.
1 Equipo.
C
Vigilantes de Seguridad.
Realizarán el control del equipaje con medios radioscópicos y según
procedimiento establecido en Los Planes de Protección de la Instalación
Portuaria y en el Plan de Protección del Puerto. Comunicación de
incidencias del control radioscópico a la autoridad competente. Gestión
de espacios y medios para los controles de seguridad.
Deberán contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Certificado de realización del curso de vigilante de seguridad en
puertos según la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la
Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los
programas de formación del personal de seguridad privada y la Orden
INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
1
L
Operario - auxiliares.
Funciones:
− Manipulación y transporte de los equipajes.
Deberán contar como mínimo con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Dominio del idioma castellano.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
6
L
Medios humanos
Funciones y formación requerida
cve: BOE-A-2025-636
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13