Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-636)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Alicante, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario al pasaje para el tráfico de cruceros turísticos en el Puerto de Alicante.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6228
Funciones y formación requerida
N.º de medios
humanos o horario
mínimo de la
prestación
Disposición de
medios
(Concesionario/
Licenciatario)
Operario – auxiliares.
Funciones:
− Colocación, manejo y retirada de las pasarelas mecánicas para el
tránsito de pasajeros desde la estación marítima al buque.
− Guiado de los pasajeros hasta el portalón del buque, bajo condiciones
de seguridad.
− Ayuda en la ordenación de pasajeros en la zona de preembarque,
información del personal, e instalación de las señalizaciones
correspondientes.
− Apertura y cierre de las puertas de acceso a las zonas de embarque/
desembarque.
− Manipulación y transporte de los equipajes de mano, en su caso.
− Transporte, acompañamiento y la atención a personas con
discapacidad y/o con movilidad reducida.
− Apoyo a los vigilantes de seguridad en las labores que se precisen.
Deberán contar como mínimo con la siguiente formación:
− ESO.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
− Certificado de haber realizado el curso de atención a personal con
discapacidad, según la Orden PRE/3028/2011, de 4 de noviembre, por la
que se establecen los protocolos de actuación y de formación de las
tripulaciones de los buques de pasaje y la formación del personal de las
empresas navieras que presten servicio en las terminales portuarias para
la atención de las personas con discapacidad (los auxiliares que se
vayan a ocupar de las personas discapacitadas).
5
L
Oficial de mantenimiento.
Atención a los medios mecánicos que lo necesiten mientras se
encuentren en funcionamiento para resolver posibles incidencias.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
1
C
Operador de finger.
Manejo y atención del finger durante toda la operativa del crucero.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
− Formación demostrable sobre el uso y manejo del finger.
1
C
Personal de limpieza.
Limpieza de las zonas de embarque, desembarque, y acceso al buque.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
3
C
Medios humanos
cve: BOE-A-2025-636
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6228
Funciones y formación requerida
N.º de medios
humanos o horario
mínimo de la
prestación
Disposición de
medios
(Concesionario/
Licenciatario)
Operario – auxiliares.
Funciones:
− Colocación, manejo y retirada de las pasarelas mecánicas para el
tránsito de pasajeros desde la estación marítima al buque.
− Guiado de los pasajeros hasta el portalón del buque, bajo condiciones
de seguridad.
− Ayuda en la ordenación de pasajeros en la zona de preembarque,
información del personal, e instalación de las señalizaciones
correspondientes.
− Apertura y cierre de las puertas de acceso a las zonas de embarque/
desembarque.
− Manipulación y transporte de los equipajes de mano, en su caso.
− Transporte, acompañamiento y la atención a personas con
discapacidad y/o con movilidad reducida.
− Apoyo a los vigilantes de seguridad en las labores que se precisen.
Deberán contar como mínimo con la siguiente formación:
− ESO.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
− Certificado de haber realizado el curso de atención a personal con
discapacidad, según la Orden PRE/3028/2011, de 4 de noviembre, por la
que se establecen los protocolos de actuación y de formación de las
tripulaciones de los buques de pasaje y la formación del personal de las
empresas navieras que presten servicio en las terminales portuarias para
la atención de las personas con discapacidad (los auxiliares que se
vayan a ocupar de las personas discapacitadas).
5
L
Oficial de mantenimiento.
Atención a los medios mecánicos que lo necesiten mientras se
encuentren en funcionamiento para resolver posibles incidencias.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
1
C
Operador de finger.
Manejo y atención del finger durante toda la operativa del crucero.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− ESO o Formación profesional Grado Medio.
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
− Formación demostrable sobre el uso y manejo del finger.
1
C
Personal de limpieza.
Limpieza de las zonas de embarque, desembarque, y acceso al buque.
Deberá contar, como mínimo, con la siguiente formación:
− Curso de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la
legislación laboral vigente.
3
C
Medios humanos
cve: BOE-A-2025-636
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13