Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-977)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento aprobado por la Orden Ministerial de 8 de enero de 2025, de revisión del deslinde aprobado por OO.MM. de 31 de octubre de 1989 y 1 de julio de 1999, del tramo de unos 59.078 metros, comprendido desde el límite este de la Laguna de la Tancada (playa de los Eucaliptos) hasta la marina del Puerto de La Ràpita, correspondiente a los TT.MM. de La Ràpita y Amposta (Tarragona). DES01/22/43/0002.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Miércoles 15 de enero de 2025

Sec. V-B. Pág. 1595

original, y contiene los apartados siguientes:
a) Memoria y anejos, que contiene, entre otros, los siguientes apartados:
- Resumen de actuaciones de deslinde.
- Actuaciones relevantes en la tramitación del expediente.
- Alegaciones planteadas y contestación a las mismas.
- Justificación de la línea de deslinde.
- Estudios geomorfológicos.
- Estudios sedimentológicos y de salinidad.
- Estudio de inundabilidad.
b) Planos firmados el 11 de julio de 2024.
c) Pliego de prescripciones técnicas.
d) Presupuesto.
XI) Previa autorización de esta Dirección General de la Costa y el Mar, de
fecha 12 de julio de 2024, el Servicio Provincial de Costas en Tarragona
cumplimentó el trámite previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, dando audiencia a los interesados.
Con fecha 23/07/2024, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado nº177, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, la información
pública a los interesados y a cualquier persona física o jurídica.
En estos trámites, se presentaron las siguientes alegaciones:
La Sociedad de Cazadores de Villafranco del Delta (N-57 a N-60) y la
Comunidad de Regantes Zona de Poble Nou del Delta (N-786 a N-789), alegan
defectos en la tramitación, entre ellos, la implicación de TRAGSATEC en la
realización de estudios técnicos, su firma por un geólogo no colegiado, o la nulidad
del deslinde por la anulación del R.D. 668/2022.

Joaquín P, Jose L. y María Montserrat L. (vértices N-786 a N-788 y N-887 a N888) alegan que la Administración ha manipulado artificialmente la salida y entrada
de agua para justificar la inclusión en el demanio de sus terrenos y solicitan que se
les indemnice por la pérdida de los terrenos que se incluyen en dominio público
marítimo-terrestre.
La Comunidad General de Regantes del Canal de la Derecha del Ebro, la
Junta Rectora del Parc Natural Delta de l’Ebre, y la Fundación Catalunya La
Pedrera reiteraron sus alegaciones previas.

cve: BOE-B-2025-977
Verificable en https://www.boe.es

AGRITOR S.A. (vértices N-11 a N-21), La Sociedad de Cazadores de
Villafranco del Delta (N-57 a N-60), la Comunidad de Regantes Zona de Poble Nou
del Delta (N-786 a N-789) y Francisco F. (vértices N-529 a N-536) solicitan el
desplazamiento de la línea de dominio público marítimo-terrestre hacia el exterior
por no estar suficientemente justificada. Los tres primeros indican además que
existe un agravio comparativo con respecto a otros propietarios.