Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Autopistas de peaje. (BOE-A-2025-573)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Secretaría General de Transporte Terrestre, por la que se autoriza la aplicación de bonificaciones temporales a vehículos de transporte colectivo de viajeros en la autopista R-5 de Madrid a Navalcarnero por la «Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 5638

5. En este contexto, el Ayuntamiento de Madrid está comenzando a desarrollar las
obras del soterramiento del tramo de la autovía A-5 de su titularidad que va desde el
túnel de la Avenida de Portugal hasta el entorno de la Avenida del Padre Piquer.
Asimismo, ha informado que, durante la ejecución de estas obras, van a realizarse cortes
en la A-5 en esta zona dejando únicamente habilitado para la circulación un carril para
cada sentido, frente a los cuatro carriles por sentido con los que la A-5 cuenta en esta
zona habitualmente.
Estos cortes tendrán importantes consecuencias sobre la movilidad en el corredor
viario de la A-5, habida cuenta de que esta carretera tiene unos valores de Intensidad
Media Diaria (IMD) del orden de 100.000 vehículos/día. La reducción de carriles durante
la ejecución de las obras ocasionará un aumento de la congestión y un deterioro en el
nivel de servicio en la autovía A-5, no solo en el tramo directamente afectado por las
obras, sino en el conjunto de dicha carretera en el entorno de Madrid, donde la autovía
es de titularidad estatal, con el consiguiente aumento de las externalidades de
accidentalidad, ruido e incremento de emisiones contaminantes a la atmósfera.
En consecuencia, es preciso tomar medidas que garanticen la movilidad de las
personas usuarias afectadas y reduzcan los efectos negativos descritos en el conjunto
de la autovía A-5.
El Consorcio Regional de Transportes de Madrid ha convocado una serie de
reuniones para analizar diversas opciones con las que paliar estos efectos, en las que ha
participado el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y en las que se ha
informado que, en principio, la reducción del número de carriles disponibles comenzaría
el próximo día 15 de enero de 2025 y podría tener una duración previsible de dos años.
En este contexto, desde el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible se han
analizado una serie de opciones, orientadas a promover del transporte colectivo en este
corredor de acceso a Madrid, entre las que destacan el refuerzo de los servicios de la
línea de Cercanías C-5. Pero es preciso también plantear otras medidas
complementarias, orientadas a mejorar el tráfico viario, que contribuyan a reducir los
efectos negativos descritos, ambientales y en el nivel de servicio, sobre este tráfico.
6. La autopista R-5 discurre a lo largo de 31,5 kilómetros teniendo su inicio en la
M-40 (P.K. 26), a la altura de Carabanchel y finalizando en Navalcarnero, donde enlaza
con la A-5, desarrollando su trayecto dentro del territorio de la Comunidad de Madrid.
Supone una vía alternativa de acceso a Madrid para el tráfico del corredor de
Extremadura.
Así, se ha considerado que una medida que podría contribuir a la reducción de los
efectos descritos en el apartado anterior sobre el conjunto de la A-5, sería la aplicación
de una bonificación del 100 % del peaje en la autopista R-5 a los vehículos de transporte
colectivo de viajeros (vehículos con más de nueve ocupantes), desde la fecha estimada
de inicio de los cortes en el tramo en obras por el período que duren las afecciones al
tráfico.
De este modo se incentiva el uso de este tipo de transporte reduciendo el número de
vehículos privados que discurrirían por la A-5 con el consiguiente efecto beneficioso para
el medio ambiente y la mejora en el nivel de servicio de la carretera.
7. La Comisión de Seguimiento y Control del Convenio de gestión, en su reunión
celebrada el día 8 de enero de 2025, acordó aprobar la propuesta de realizar las citadas
bonificaciones, habida cuenta que, de acuerdo a la información aportada por SEITT y
según se recoge en el acta de la misma, una vez revisados los registros de la autopista
R-5, actualmente los autobuses de transporte público (Interurbanos) no utilizan la R-5,
con lo que la aplicación de la medida no supondrá una merma de ingresos para la
sociedad que pueda producir un deterioro de su situación económica-financiera.
En consecuencia, dispongo:
I. Autorizar a SEITT la aplicación de una bonificación del 100 % del peaje a los
vehículos de transporte colectivo de viajeros que discurran por la autopista R-5, en las
condiciones previstas en el apartado II, en virtud de lo establecido en el punto Primero

cve: BOE-A-2025-573
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Núm. 12