Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-490)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia y Autoestradas de Galicia, Autopistas de Galicia, Concesionaria da Xunta de Galicia, SA, para el uso del acceso al puerto exterior de A Coruña (AC-15) y su conexión con la autopista autonómica A Coruña-Carballo (AG-55).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Sábado 11 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 5058

ninguna de las condiciones previstas para la extinción de la compensación, debía
procederse a la tramitación de un nuevo convenio.
7. Que la estimación de la compensación a Autoestradas de Galicia con cargo a la
citada partida presupuestaria se ha realizado en base a los correspondientes datos
disponibles de los años 2016 a 2023, y considerando unos incrementos de tráfico
anuales estimados similares a los producidos.
8. Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actualmente
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible) publicó en el BOE de 7 de noviembre
de 2023 la licitación del proyecto de trazado y construcción de la Prolongación del
acceso al Puerto Exterior de A Coruña, 41-LC-7630, en base al Estudio Informativo EI-4LC-16 «Prolongación del Acceso al Puerto Exterior de A Coruña», para la conexión
directa del Puerto Exterior con la Red de Carreteras del Estado, que fue aprobado por
resolución de fecha 6 de noviembre de 2017, que asimismo supone una modificación
funcional del enlace de conexión con la autopista A Coruña-Carballo (AG-55) cuyos
efectos no son objeto de este convenio.
9. Que el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible está realizando la
preceptiva tramitación para la definición y posible construcción de un nuevo enlace del
Acceso al Puerto Exterior de A Coruña (AC-15), en el lugar de Meicende (Arteixo), con la
carretera AC-415 cuyo proyecto de trazado aprobó provisionalmente la Dirección
General de Carreteras en abril de 2015. La construcción y puesta en servicio de este
nuevo enlace supone una modificación funcional del enlace de conexión entre el Acceso
al Puerto Exterior de A Coruña (AC-15) y la autopista A Coruña-Carballo (AG-55) cuyos
efectos no son objeto de este convenio.
10. Que la realización de las actuaciones recogidas en el antecedente 8 y en el
antecedente 9, además de producir la modificación funcional del enlace de conexión de
la autovía de Acceso al Puerto Exterior de A Coruña (AC-15) con la autopista
autonómica A Coruña-Carballo (AG-55), afecta a la concesión que la Xunta de Galicia
otorgó a Autoestradas de Galicia porque altera términos de la misma e incide de forma
sustancial en su equilibrio económico, al hacer posible recorridos libres de peaje que no
habían sido previstos en el contrato así como la utilización de un tramo evadiendo el
pago de peaje. Por ello, exige la tramitación del preceptivo convenio de modificación de
la concesión de Autoestradas de Galicia de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 24 y 25 de la Ley de Autopistas. En consecuencia, la puesta en servicio de
cualquiera de las actuaciones recogidas en los antecedentes 8 y 9 en ningún caso podrá
llevarse a cabo sin que previamente se haya aprobado y formalizado por las
Administraciones públicas implicadas y Autoestradas de Galicia un nuevo convenio que
recoja la correspondiente modificación de la concesión, con restablecimiento, en su
caso, de su equilibrio económico financiero, y las demás condiciones de régimen
concesional que de cualquier modo resulten afectadas por tales actuaciones.
Por todo lo expuesto, dado que las circunstancias que motivaron la suscripción del
referido convenio de 2016 se mantienen en la actualidad, las partes otorgan el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible abonará a Autoestradas de
Galicia una compensación por el tráfico que utiliza la autopista AG-55 en los ramales del
enlace con el Puerto Exterior de A Coruña autorizado por la Xunta de Galicia, titular de
esta infraestructura, y que la sociedad concesionaria permite circular exento de cobro
directo al usuario. Dicha compensación se calculará aplicando al número de tránsitos
que se realicen por cada uno de los movimientos los peajes aprobados para su
aplicación por la Axencia Galega de Infraestructuras correspondientes a cada grupo
tarifario.

cve: BOE-A-2025-490
Verificable en https://www.boe.es

Primera.