Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-390)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Siemens Mobility, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7
Miércoles 8 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 4048
3) Para aquellos colaboradores/as cuyo trabajo se desarrolle en el entorno de
fábrica/taller, se ampliará el protocolo de Vigilancia de la salud realizándoles también una
audiometría, aún en caso de que esta prueba no estuviese incluida en su protocolo.
4) A los/as usuarios/as de pantallas de visualización de datos (PVDs), se les
realizará una tonometría ocular cada 3 años, según recomendación del INSHT.
5) La periodicidad de los citados reconocimientos se fija en un año, período que
podrá reducirse en casos particulares, según criterio médico.
Apéndice A: analíticas:
Ferritina en suero (ng/ml), si anemia.
Sideremia (μg/dl), si anemia.
Proteína en suero (g/l).
Colesterol de HDL en suero (g/l).
Colesterol de LDL en suero ().
Bilirrubina total en suero (mg/dl).
Colesterol en suero.
Creatinina en suero.
Eritrosedimentación en sangre.
Examen citoquímico orina.
Fosfatasa alcalina en suero.
GGT - gamma-glutamiltransferas.
Glucosa basal en suero.
GOT - aspartato aminotransfera.
GPT - alanina aminotransferasa.
ANEXO 16
Otros pactos complementarios de Fábrica Cornellá
a) Permiso para exámenes. En los casos en que un/a colaborador/a solicite
permiso por exámenes finales, siempre que se trate de estudios oficiales, existirá la
posibilidad de que la empresa le conceda un permiso retribuido por la jornada completa
en que tenga lugar dicho examen.
b) Vacantes de personal. Cuando se produzcan vacantes de personal en la
empresa serán tenidos en cuenta los/as candidatos/as que reúnan la titulación exigida,
siempre y cuando se de igualdad de condiciones respecto de otros/as candidatos/as.
c) Horas de asamblea. En los años en que se negocie el convenio colectivo se fijan
seis horas para realizar asambleas generales para información a los/as
colaboradores/as. En los años en que no haya negociación de convenio, estas
asambleas se reducirán a cuatro horas.
ANEXO 17
Protocolo para la prevención y la actuación en los casos de acoso
Principios.
La Constitución Española declara que la dignidad de la persona constituye uno de los
fundamentos del orden político y de la paz social, reconociendo el derecho de toda
persona a la no discriminación, a la igualdad de trato, al libre desarrollo de su
personalidad y a su integridad física y moral.
El Estatuto de los Trabajadores, de forma específica, contempla el derecho de los/as
trabajadores/as al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad,
incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o
convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual, al acoso
por razón de sexo o contra las personas LGTBI+ y al laboral.
cve: BOE-A-2025-390
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 7
Miércoles 8 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 4048
3) Para aquellos colaboradores/as cuyo trabajo se desarrolle en el entorno de
fábrica/taller, se ampliará el protocolo de Vigilancia de la salud realizándoles también una
audiometría, aún en caso de que esta prueba no estuviese incluida en su protocolo.
4) A los/as usuarios/as de pantallas de visualización de datos (PVDs), se les
realizará una tonometría ocular cada 3 años, según recomendación del INSHT.
5) La periodicidad de los citados reconocimientos se fija en un año, período que
podrá reducirse en casos particulares, según criterio médico.
Apéndice A: analíticas:
Ferritina en suero (ng/ml), si anemia.
Sideremia (μg/dl), si anemia.
Proteína en suero (g/l).
Colesterol de HDL en suero (g/l).
Colesterol de LDL en suero ().
Bilirrubina total en suero (mg/dl).
Colesterol en suero.
Creatinina en suero.
Eritrosedimentación en sangre.
Examen citoquímico orina.
Fosfatasa alcalina en suero.
GGT - gamma-glutamiltransferas.
Glucosa basal en suero.
GOT - aspartato aminotransfera.
GPT - alanina aminotransferasa.
ANEXO 16
Otros pactos complementarios de Fábrica Cornellá
a) Permiso para exámenes. En los casos en que un/a colaborador/a solicite
permiso por exámenes finales, siempre que se trate de estudios oficiales, existirá la
posibilidad de que la empresa le conceda un permiso retribuido por la jornada completa
en que tenga lugar dicho examen.
b) Vacantes de personal. Cuando se produzcan vacantes de personal en la
empresa serán tenidos en cuenta los/as candidatos/as que reúnan la titulación exigida,
siempre y cuando se de igualdad de condiciones respecto de otros/as candidatos/as.
c) Horas de asamblea. En los años en que se negocie el convenio colectivo se fijan
seis horas para realizar asambleas generales para información a los/as
colaboradores/as. En los años en que no haya negociación de convenio, estas
asambleas se reducirán a cuatro horas.
ANEXO 17
Protocolo para la prevención y la actuación en los casos de acoso
Principios.
La Constitución Española declara que la dignidad de la persona constituye uno de los
fundamentos del orden político y de la paz social, reconociendo el derecho de toda
persona a la no discriminación, a la igualdad de trato, al libre desarrollo de su
personalidad y a su integridad física y moral.
El Estatuto de los Trabajadores, de forma específica, contempla el derecho de los/as
trabajadores/as al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad,
incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o
convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual, al acoso
por razón de sexo o contra las personas LGTBI+ y al laboral.
cve: BOE-A-2025-390
Verificable en https://www.boe.es
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