Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-389)
Resolución de 15 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la cooperación educativa y la realización de prácticas externas.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Miércoles 8 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 3986

c) Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir, así como hacer
entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que
le sean requeridos.
d) Incorporarse a AESA en la fecha acordada, cumplir el horario previsto indicado
en el plan y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos
laborales de la misma. El alumno asumirá en todo caso los gastos de desplazamiento, y
en su caso alojamiento, que se puedan generar en relación con las prácticas.
e) Aplicar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas
con AESA conforme a las líneas establecidas en él.
f) Elaborar la memoria final de las prácticas curriculares.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de AESA, y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante la estancia y finalizada ésta,
no pudiendo divulgarla ni facilitarla a terceros. Además, cumplirá lo previsto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los derechos digitales, y demás normativa de aplicación en materia de protección de
datos.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de AESA,
salvaguardando el buen nombre de la institución académica a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente.
Octava. Seguridad del alumno y responsabilidad civil.
Todos los estudiantes de la Universidad Politécnica de Madrid que estén
matriculados en alguna de sus enseñanzas, oficiales o propias, están cubiertos por un
seguro de responsabilidad civil.
El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas
oficiales de los respectivos centros de la Universidad y al corriente de la cuota
correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de
aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido
en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados en
enseñanzas propias de la Universidad, corresponderá a la Coordinación de Prácticas de
la Titulación asegurarse de que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro
de accidente y cuantos puedan resultar obligatorios.
En el caso de estudiantes de otros títulos de la Universidad, la responsabilidad civil,
tanto en los casos de posible riesgo de accidentes del estudiante, como en accidentes
ocasionados con motivo de la actuación del mismo durante el desarrollo de las prácticas,
estará cubierta a través de un seguro contratado por la Unidad Proponente.
Financiación.

Las partes acuerdan que el cumplimiento de las obligaciones en materia de
Seguridad Social que se deriven de la aplicación de la normativa vigente, en especial, las
derivadas de la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, corresponden a la Universidad. Por tanto, la Universidad
asume la condición de empresa a efecto de las obligaciones con la Seguridad Social y
adquiere la condición de sujeto obligado y responsable del ingreso de la totalidad de las
cuotas que puedan derivarse de la realización de las prácticas, así como del resto de
obligaciones contempladas por la ley.
Los estudiantes que realicen prácticas al amparo del presente convenio no percibirán
ninguna bolsa o ayuda al estudio por parte de AESA, lo que se recogerá expresamente
en el anexo de formalización de sus prácticas.

cve: BOE-A-2025-389
Verificable en https://www.boe.es

Novena.