Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-402)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la Orden Ministerial de 20 de diciembre de 2024, del tramo de costa de unos tres mil quinientos (3.500) metros de longitud, comprendido entre la margen izquierda del río Molinell (vértice M-168 del deslinde aprobado por Orden Ministerial de 29 de junio de 2006) y Carrer Riu Xinxilla (vértice M-5 del deslinde aprobado por Orden Ministerial de 31 de marzo de 1997), en el entorno de la Playa de Les Deveses (tramo 1), en el término municipal de Denia (Alicante). Refª. DES01/21/03/0001.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 709
- Que con la delimitación propuesta se incluyen en servidumbre de tránsito
terrenos que antes no estaban afectados por esta.
- Que el establecimiento de una anchura de la zona de servidumbre de
protección de cien metros obvia que muchas zonas del litoral de Denia ya se
encontraban consolidadas por la edificación a la entrada en vigor de la Ley de
Costas de 1988 considerándose de facto como suelo urbano.
- Que en varios subtramos debería reducirse la anchura de la zona de
servidumbre de protección al objeto de posibilitar la materialización de los
derechos edificatorios previamente adquiridos y que sus propietarios ya han
patrimonializado, en caso contrario, se les debería indemnizar conforme a la
normativa urbanística.
IX) Como consecuencia de la revisión del expediente tramitado, con base en
los estudios, informes y alegaciones recopilados en el proyecto de deslinde, entre
los vértices N-47 a N-52, N-53 a N-57 y N-57 a N-62 se desplazó la poligonal de
deslinde hacia el exterior al no quedar acreditado que estos terrenos formaran
parte del sistema activo playa-duna a la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28
de julio, de Costas.
En cuanto a la delimitación de la servidumbre de protección, visto el estudio
sobre la consolidación edificatoria del frente litoral existente en el año 1988,
aportado por el Ayuntamiento de Denia, se propone reducir parcial o totalmente la
anchura de la zona de servidumbre de protección, manteniendo el mínimo legal de
20 metros, en aplicación de lo previsto en la Disposición Transitoria Décima,
apartado 3, del Reglamento General de Costas, como se recoge en la
Consideración Tercera y en el Anejo N.º 6 del Proyecto de deslinde (Estudio del
medio físico y justificación de la propuesta de deslinde).
Con estas modificaciones, han sido estimadas total o parcialmente un gran
número de las alegaciones presentadas.
X) En abril de 2024, el Servicio Periférico de Costas remitió el expediente y
proyecto de deslinde a la Dirección General de la Costa y el Mar, para su ulterior
resolución.
El expediente incluye el proyecto de deslinde, fechado el 17 de abril de 2024 y
contiene los apartados siguientes:
a) Memoria, que contiene entre otros los siguientes apartados:
- Resumen de actuaciones de deslinde.
- Documentación fotográfica.
- Estudio del Medio Físico e informe justificativo de los bienes a incluir en la
delimitación del dominio público marítimo-terrestre, fechado en abril de 2024.
- Estudios técnicos (geomorfológico, sedimentológico, alcance del oleaje,
análisis de fotografías aéreas históricas) del tramo de costa en la playa de Les
Deveses elaborado por IDYMA, fechado en marzo de 2024.
- Alegaciones planteadas y contestación a las mismas.
- Justificación de la línea de deslinde.
b) Planos, fechados en abril de 2024.
cve: BOE-B-2025-402
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7
Miércoles 8 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 709
- Que con la delimitación propuesta se incluyen en servidumbre de tránsito
terrenos que antes no estaban afectados por esta.
- Que el establecimiento de una anchura de la zona de servidumbre de
protección de cien metros obvia que muchas zonas del litoral de Denia ya se
encontraban consolidadas por la edificación a la entrada en vigor de la Ley de
Costas de 1988 considerándose de facto como suelo urbano.
- Que en varios subtramos debería reducirse la anchura de la zona de
servidumbre de protección al objeto de posibilitar la materialización de los
derechos edificatorios previamente adquiridos y que sus propietarios ya han
patrimonializado, en caso contrario, se les debería indemnizar conforme a la
normativa urbanística.
IX) Como consecuencia de la revisión del expediente tramitado, con base en
los estudios, informes y alegaciones recopilados en el proyecto de deslinde, entre
los vértices N-47 a N-52, N-53 a N-57 y N-57 a N-62 se desplazó la poligonal de
deslinde hacia el exterior al no quedar acreditado que estos terrenos formaran
parte del sistema activo playa-duna a la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28
de julio, de Costas.
En cuanto a la delimitación de la servidumbre de protección, visto el estudio
sobre la consolidación edificatoria del frente litoral existente en el año 1988,
aportado por el Ayuntamiento de Denia, se propone reducir parcial o totalmente la
anchura de la zona de servidumbre de protección, manteniendo el mínimo legal de
20 metros, en aplicación de lo previsto en la Disposición Transitoria Décima,
apartado 3, del Reglamento General de Costas, como se recoge en la
Consideración Tercera y en el Anejo N.º 6 del Proyecto de deslinde (Estudio del
medio físico y justificación de la propuesta de deslinde).
Con estas modificaciones, han sido estimadas total o parcialmente un gran
número de las alegaciones presentadas.
X) En abril de 2024, el Servicio Periférico de Costas remitió el expediente y
proyecto de deslinde a la Dirección General de la Costa y el Mar, para su ulterior
resolución.
El expediente incluye el proyecto de deslinde, fechado el 17 de abril de 2024 y
contiene los apartados siguientes:
a) Memoria, que contiene entre otros los siguientes apartados:
- Resumen de actuaciones de deslinde.
- Documentación fotográfica.
- Estudio del Medio Físico e informe justificativo de los bienes a incluir en la
delimitación del dominio público marítimo-terrestre, fechado en abril de 2024.
- Estudios técnicos (geomorfológico, sedimentológico, alcance del oleaje,
análisis de fotografías aéreas históricas) del tramo de costa en la playa de Les
Deveses elaborado por IDYMA, fechado en marzo de 2024.
- Alegaciones planteadas y contestación a las mismas.
- Justificación de la línea de deslinde.
b) Planos, fechados en abril de 2024.
cve: BOE-B-2025-402
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 7