Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Vigilantes de seguridad. (BOE-A-2025-340)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos y escolta privado, para el año 2025.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Martes 7 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 3726

extranjeras no residentes. Estarán exentas de presentarlo aquellas personas que al
firmar su instancia autorizaron su petición de oficio al Registro Central de Penados.
c) Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros
equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Las personas aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo
distinto al sistema educativo general español, deberán acreditar los mismos mediante
certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación y
Formación Profesional, en aplicación de la normativa sobre homologación y
convalidación de títulos y estudios extranjeros y reconocimiento de cualificaciones
profesionales.
d) Informe original de la aptitud psicofísica necesaria para prestar servicios de
Seguridad Privada, y que igualmente acredite la estatura de la persona aspirante.
e) Diploma o certificado acreditativo de haber superado el curso correspondiente a
los módulos profesionales de formación previa exclusivos para escolta privado, de 60
horas lectivas, expedido por un centro de formación de seguridad privada, conforme a lo
recogido en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, en su artículo 29 y
siguientes; y en la Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad, de 12 de
noviembre de 2012, por la que se determinan los programas de formación del personal
de Seguridad Privada. Igualmente, deberán acreditar hallarse en posesión del preceptivo
curso de formación previa para vigilante de seguridad o certificado que
acredite 180 horas de formación complementaria recogida en los módulos profesionales
de formación previa común para vigilantes de seguridad y su especialidad de vigilantes
de explosivos, y para escoltas privados.
f) Declaración jurada o promesa de cumplir los requisitos establecidos en los
apartados f), g), y h) de la base 1.2 de la presente convocatoria. La referida declaración
deberá ajustarse al modelo que figura en el anexo VI, que podrá obtenerse mediante la
reproducción por fotocopia u otros sistemas, del modelo citado.
Estarán exentas de presentar los documentos acreditativos de los requisitos
recogidos en los apartados c) y f), aquellas personas aspirantes que ya estén habilitadas
como vigilantes de seguridad, debiendo aportar en este caso la Tarjeta de Identidad
Profesional.
6.2

Relación de personas participantes declaradas aptas.

El Tribunal Calificador aprobará mediante acuerdo las listas de personas
participantes que, habiendo superado las pruebas y reunidos los requisitos, son
declaradas aptas en las respectivas modalidades. A través de la Dirección General de la
Policía se elevará dicho acuerdo al Secretario de Estado de Seguridad para la resolución
pertinente y su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Las personas
interesadas también podrán obtener esta información en los lugares y teléfonos
señalados en la base 3.4.
7.
7.1

Tribunal Calificador

Designación de la Secretaría de Estado de Seguridad:

Titulares:
Presidente: don Javier Daniel Nogueroles Alonso de la Sierra, Comisario Principal de
la Policía Nacional.
Vocales: doña Begoña García Robles, Comisaria de la Policía Nacional y don Raúl
Hernández Jiménez, Comisario de la Policía Nacional; don José Alberto Infante Colado,
don Primitivo de Nova Lorca y don Alberto Sánchez de la Nieta Alegría, Inspectores
Jefes de la Policía Nacional; doña Isabel García Arroba, doña Raquel Martiño Díaz y

cve: BOE-A-2025-340
Verificable en https://www.boe.es

El Tribunal Calificador estará constituido por las siguientes personas integrantes de
Policía Nacional: