Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2025-254)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Lunes 6 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 3203

La Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social elevará al
órgano convocante las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean
incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.
El curso selectivo se organizará por la Escuela de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social teniendo en cuenta las particularidades que se indican a continuación
según el cuerpo al que pertenezca cada aspirante, y tendrá el siguiente contenido:
I. Para las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan
al Cuerpo de Subinspectores Laborales (letra E) tendrá una duración máxima de 240
horas lectivas distribuidas en un máximo de dos meses y medio. En el mismo, la Escuela
de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impartirá los conocimientos y desarrollará
la capacidad analítica de las personas aspirantes mediante el análisis de casos sobre las
siguientes áreas:
A)

Escala de Empleo y Seguridad Social (letra E1).

1. Economía y Contabilidad.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo,
Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
4. Derecho del Trabajo. Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho
Sindical. Igualdad y Violencia de Género. Negociación y mediación.
B)

Escala de Seguridad y Salud Laboral (letra E2).

El personal funcionario en prácticas realizará las pruebas que determine la Dirección
de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objeto de acreditar
su suficiencia en las distintas áreas del plan de estudios.
El personal funcionario en prácticas cuyas calificaciones no superen el 50 % de
alguna de las áreas, podrá realizar en un plazo máximo de un mes desde la
comunicación de la calificación una nueva prueba sobre las áreas no superadas,
computando como nota definitiva del área la más alta de las dos, no pudiendo superar,
en ningún caso, la calificación a tener en cuenta el 50 % como máximo.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en la Escuela de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Escuela de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen
durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho de ser nombrado personal
funcionario de carrera.
Las evaluaciones de estas pruebas desarrolladas en la Escuela de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social se calificarán de 0 a 160 puntos por el total de los módulos,
siendo necesarios para superarlas obtener un mínimo de 80 puntos y no haber obtenido
en ningún área una puntuación inferior al 40 % de la máxima.
Las áreas se valorarán del siguiente modo:
A)

Escala de Empleo y Seguridad Social (letra E1).

1. Economía y Contabilidad: de 0 a 15 puntos.
2. Inspección y Procedimientos de actuación y negociación, Procedimiento
Sancionador, Procedimiento Laboral: de 0 a 25 puntos.
3. Prevención de Riesgos Laborales, Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo,
Ergonomía y Psicosociología Aplicada: de 0 a 60 puntos.

cve: BOE-A-2025-254
Verificable en https://www.boe.es

1. Economía y Contabilidad.
2. Inspección y Procedimiento, Procedimiento Sancionador, Procedimiento Laboral.
3. Seguridad Social.
4. Derecho del Trabajo. Relaciones Laborales Individuales y Colectivas, Derecho
Sindical. Igualdad y Violencia de Género. Negociación y mediación.