Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2025-254)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
71 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 3195
En la modalidad presencial, la prueba consistirá en la traducción escrita directa sin la
ayuda de diccionario, de un texto redactado en el idioma elegido propuesto por el
tribunal.
Para la realización de esta parte, las personas aspirantes dispondrán de una hora.
En este ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad
de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.
No habrá lectura posterior de este ejercicio.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del tribunal, que
garantizará, en todo caso, el anonimato de la persona aspirante.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa
de la anterior, las personas aspirantes podrán acreditar su conocimiento de inglés,
francés o alemán, presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda
con un nivel B2 o superior del idioma escogido, siempre y cuando dicho título se haya
obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de
instancias.
Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en la solicitud de
participación, deberán adjuntar a dicha solicitud la titulación que acredita el conocimiento
del idioma elegido.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
no se valorará.
Previamente a la celebración del ejercicio, el tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De
esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad
presencial, a aquellas personas que no reúnan los requisitos para la modalidad de
acreditación del conocimiento del idioma mediante titulación.
Evaluación. Los ejercicios se calificarán de la forma siguiente:
3.1 El primer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario
obtener un mínimo de 30 puntos. Cada tema se valorará de 0 a 30 puntos, siendo
necesario para aprobar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 10,50 puntos en
cada uno de los temas.
3.2 El segundo ejercicio se calificará de 0 a 70 puntos. Para superarlo será
necesario obtener un mínimo de 35 puntos, siendo necesario para aprobar el ejercicio
obtener un mínimo de 4,70 puntos en cada uno de los temas.
3.3 El tercer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario
obtener un mínimo de 30 puntos. Cada tema se valorará de 0 a 30 puntos, siendo
necesario para aprobar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 10,50 puntos en
cada uno de los temas.
3.4 El cuarto ejercicio: la primera parte del cuarto ejercicio se calificará de 0 a 60
puntos, siendo necesario para superarla obtener una puntuación mínima de 30 puntos.
La segunda parte del cuarto ejercicio se calificará de «apto» o «no apto»,
independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas aspirantes. Será
necesario obtener la calificación de «apto» para superarla.
En la modalidad presencial, la calificación de «apto» no se otorgará si no se alcanza,
al menos, el cincuenta por ciento de la valoración total del ejercicio.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, la calificación
será «apto» para los aspirantes que presenten alguno de los títulos que se recogen en el
cve: BOE-A-2025-254
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 3195
En la modalidad presencial, la prueba consistirá en la traducción escrita directa sin la
ayuda de diccionario, de un texto redactado en el idioma elegido propuesto por el
tribunal.
Para la realización de esta parte, las personas aspirantes dispondrán de una hora.
En este ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad
de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.
No habrá lectura posterior de este ejercicio.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del tribunal, que
garantizará, en todo caso, el anonimato de la persona aspirante.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa
de la anterior, las personas aspirantes podrán acreditar su conocimiento de inglés,
francés o alemán, presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda
con un nivel B2 o superior del idioma escogido, siempre y cuando dicho título se haya
obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de
instancias.
Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en la solicitud de
participación, deberán adjuntar a dicha solicitud la titulación que acredita el conocimiento
del idioma elegido.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
no se valorará.
Previamente a la celebración del ejercicio, el tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De
esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad
presencial, a aquellas personas que no reúnan los requisitos para la modalidad de
acreditación del conocimiento del idioma mediante titulación.
Evaluación. Los ejercicios se calificarán de la forma siguiente:
3.1 El primer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario
obtener un mínimo de 30 puntos. Cada tema se valorará de 0 a 30 puntos, siendo
necesario para aprobar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 10,50 puntos en
cada uno de los temas.
3.2 El segundo ejercicio se calificará de 0 a 70 puntos. Para superarlo será
necesario obtener un mínimo de 35 puntos, siendo necesario para aprobar el ejercicio
obtener un mínimo de 4,70 puntos en cada uno de los temas.
3.3 El tercer ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Para superarlo será necesario
obtener un mínimo de 30 puntos. Cada tema se valorará de 0 a 30 puntos, siendo
necesario para aprobar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 10,50 puntos en
cada uno de los temas.
3.4 El cuarto ejercicio: la primera parte del cuarto ejercicio se calificará de 0 a 60
puntos, siendo necesario para superarla obtener una puntuación mínima de 30 puntos.
La segunda parte del cuarto ejercicio se calificará de «apto» o «no apto»,
independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas aspirantes. Será
necesario obtener la calificación de «apto» para superarla.
En la modalidad presencial, la calificación de «apto» no se otorgará si no se alcanza,
al menos, el cincuenta por ciento de la valoración total del ejercicio.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, la calificación
será «apto» para los aspirantes que presenten alguno de los títulos que se recogen en el
cve: BOE-A-2025-254
Verificable en https://www.boe.es
3.