Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-282)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Prodis, para el desarrollo del proyecto Vivarte Cerralbo-Prodis en el Museo Cerralbo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 3423
oposición, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento en cualquier momento,
adjuntando su DNI, o documento equivalente acreditativo de su identidad, dirigiéndose al
Museo en el correo electrónico comunicacion.cerralbo@cultura.gob.es o a la Fundación
a la dirección de correo electrónico: protecciondedatos@fundacionprodis.org donde,
además, puede contactar con el Delegado de Protección de Datos. Los interesados
tienen derecho a recabar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos a
través de su página web www.aepd.es.
4. Las Partes declaran que, para la realización del objeto del convenio resulta
necesaria una comunicación por la Fundación al Museo de datos personales de los
participantes en el Proyecto. El Museo garantiza que tratará los datos que le sean
facilitados por la Fundación con la exclusiva finalidad de la realización del Proyecto
cumpliendo con lo dispuesto Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales.
5. Además, en el caso de existir imágenes de los participantes en el Proyecto, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Constitución Española, y en la
Ley 1/1982, de 5 de mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y
a la propia imagen, su tratamiento se realizará, en todo caso, dentro del respeto a los
derechos regulados en dichas disposiciones.
Undécima.
Régimen económico.
Las obligaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes.
El presente convenio no supone para el Ministerio de Cultura compromisos
económicos a nivel presupuestario, a los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El coste de las obligaciones asumidas por la Fundación Prodis asciende a un total
de 4.011,5 euros (cuatro mil once con 50 euros), correspondiente a seguros, transportes
y materiales.
Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio se
constituirá una Comisión de seguimiento que estará integrada por dos representantes de
cada entidad firmante del mismo.
El Ministerio de Cultura estará representado por la persona que ocupe la Dirección
del Museo Cerralbo y otra persona designada a tal efecto.
La Fundación Prodis estará representada por la persona que ocupe su Dirección
General y otra persona designada a tal efecto.
Esta Comisión se encargará de realizar el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio.
Esta comisión, una vez constituida decidirá su régimen de funcionamiento.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma
presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Decimotercera. Vigencia.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
cve: BOE-A-2025-282
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 3423
oposición, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento en cualquier momento,
adjuntando su DNI, o documento equivalente acreditativo de su identidad, dirigiéndose al
Museo en el correo electrónico comunicacion.cerralbo@cultura.gob.es o a la Fundación
a la dirección de correo electrónico: protecciondedatos@fundacionprodis.org donde,
además, puede contactar con el Delegado de Protección de Datos. Los interesados
tienen derecho a recabar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos a
través de su página web www.aepd.es.
4. Las Partes declaran que, para la realización del objeto del convenio resulta
necesaria una comunicación por la Fundación al Museo de datos personales de los
participantes en el Proyecto. El Museo garantiza que tratará los datos que le sean
facilitados por la Fundación con la exclusiva finalidad de la realización del Proyecto
cumpliendo con lo dispuesto Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales.
5. Además, en el caso de existir imágenes de los participantes en el Proyecto, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 de la Constitución Española, y en la
Ley 1/1982, de 5 de mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y
a la propia imagen, su tratamiento se realizará, en todo caso, dentro del respeto a los
derechos regulados en dichas disposiciones.
Undécima.
Régimen económico.
Las obligaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes.
El presente convenio no supone para el Ministerio de Cultura compromisos
económicos a nivel presupuestario, a los efectos del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El coste de las obligaciones asumidas por la Fundación Prodis asciende a un total
de 4.011,5 euros (cuatro mil once con 50 euros), correspondiente a seguros, transportes
y materiales.
Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio se
constituirá una Comisión de seguimiento que estará integrada por dos representantes de
cada entidad firmante del mismo.
El Ministerio de Cultura estará representado por la persona que ocupe la Dirección
del Museo Cerralbo y otra persona designada a tal efecto.
La Fundación Prodis estará representada por la persona que ocupe su Dirección
General y otra persona designada a tal efecto.
Esta Comisión se encargará de realizar el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio.
Esta comisión, una vez constituida decidirá su régimen de funcionamiento.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma
presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Decimotercera. Vigencia.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
cve: BOE-A-2025-282
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.