Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-229)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Iberdrola España, para el desarrollo del programa de becas Fundación Iberdrola España-Museo del Prado, en el taller de Restauración y Servicio de Documentación Técnica del museo.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Sábado 4 de enero de 2025
Cuarta.

Sec. III. Pág. 2982

Obligaciones de la Fundación.

La Fundación será responsable exclusivamente de financiar el programa de Becas
objeto de este convenio conforme a lo establecido en la cláusula sexta posterior. La
Fundación podrá difundir la convocatoria pública a través de su página web y de los
medios de difusión que, de acuerdo con el Museo, consideren adecuados para su
divulgación.
De acuerdo con el artículo 49 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, el conjunto de los compromisos asumidos por la Fundación para la
ejecución de presente convenio supone un gasto máximo anual de 58.263 euros
(cincuenta y ocho mil doscientos sesenta y tres euros) y un gasto total de 116.526 euros
(ciento dieciséis mil quinientos veintiséis euros).
Quinta.

Duración del convenio.

El presente convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba, en
el plazo de cinco días desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será
publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público; y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre
de 2027, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula decimocuarta de este convenio.

La dotación de cada beca ascenderá a una cantidad de mil quinientos euros
(1.500 euros) mensuales para cada becario, siendo una dotación anual de dieciocho mil
euros (18.000 euros), a los que se sumarán 921 euros (novecientos veintiún euros)
anuales por beca en concepto de estimación de cotización en la Seguridad Social.
En consecuencia, la Fundación realizará una aportación al Museo para cubrir el
coste total del programa de tres Becas que tiene una duración de dos años, ascendiendo
el mismo a ciento trece mil quinientos veintiséis euros (113.526 euros). Dicha cantidad
debe entenderse como importe total por todos los conceptos (incluyendo impuestos,
tasas, o cualquier otro concepto que se devenguen sobre la misma), que será abonado
por la Fundación.
Así mismo, la Fundación costeará los gastos de desplazamiento, alojamiento y
manutención de las personas becadas en relación con actividades, desplazamientos e
intercambios con otras instituciones que formen parte del programa de la Beca, con
hasta 1.000 euros (mil euros) por Beca.
La Fundación efectuará un solo pago al Museo, previa presentación de la solicitud
correspondiente conforme al modelo del anexo 1, por la dotación de la totalidad de las
Becas previo a la publicación de la convocatoria. Esta aportación se hará efectiva en la
cuenta corriente titularidad del Museo número ES92 2100 5731 78 0200031882.
El Museo se compromete a destinar el importe íntegro de la aportación económica
recibida a las Becas. El incumplimiento de esta obligación constituiría un incumplimiento
grave del presente convenio que dará derecho a la Fundación a resolver unilateralmente
el convenio y/o a exigir la devolución de la totalidad de las cantidades que se hubieren
aportado al Museo.
Una vez recibida la referida aportación económica, el Museo expedirá a favor de la
Fundación justificante, de acuerdo con el modelo del anexo 2, acreditativo de la
aportación realizada y su aplicación a los fines previstos en este convenio conforme a los
principios de ética y comportamiento responsable en él referenciados.
El Museo efectuará el pago mensual a cada uno de los becarios estando sometidas a
las retenciones establecidas por la legislación fiscal para las rentas del trabajo (Real
Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos

cve: BOE-A-2025-229
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Aportación económica.