Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-77)
Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2025) con las Enmiendas adoptadas durante las sesiones 111.ª, 112.ª, 113.ª, 114.ª y 115.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 1094
“Masa neta de materia explosiva”, la masa total de materias explosivas, sin los embalajes/envases,
envolturas, etc. (Los términos “cantidad neta de materia explosiva”, “contenido neto de materia
explosiva”, “peso neto de materia explosiva” o “masa neta en kilogramos de contenido de materia
explosiva” son, a menudo, utilizados en el mismo sentido.);
"Masa neta máxima", la máxima masa del contenido de un envase único o masa combinada máxima de
los envases interiores y de su contenido, expresado en kilogramos;
“Material animal”, cadáveres de animales, partes del cuerpo de animales o productos alimentarios o
alimentos para animales de origen animal;
"Material plástico reciclado", el material recuperado de embalajes/envases industriales usados o de otro
material plástico que se ha sometido a clasificación previa y preparado para ser transformado en
embalajes/envases nuevos, incluidos los GRG. Se debe garantizar que las propiedades específicas del
material reciclado que se ha utilizado para la producción de nuevos embalajes/envases, incluidos los
GRG, son adecuadas y se deben documentar con regularidad en el marco de un programa de garantía de
calidad reconocido por la autoridad competente. Dicho programa deberá comprender un registro de la
selección previa correctamente efectuada y la verificación de que todos los lotes de material plástico
reciclado, de composición homogénea, se ajustan a las especificaciones del material (índice de fluidez,
densidad y propiedades de tracción) del modelo tipo fabricado a partir de este tipo de material reciclado.
Es preciso que en esta verificación se disponga de información sobre el material plástico del cual
proviene el plástico reciclado, así como acerca del uso anterior, incluido el contenido anterior, del
material plástico, en caso de que dicho uso pueda reducir la resistencia de los nuevos embalajes/envases,
incluidos los GRG, fabricados utilizando ese material. Asimismo, el programa de garantía de calidad
aplicado por el fabricante del embalaje/envase o del GRG con arreglo a lo dispuesto en 6.1.1.4 o 6.5.4.1
deberá comprender la realización de los ensayos mecánicos adecuados que se especifican en 6.1.5 o en
6.5.6 sobre modelos de embalaje/envase o GRG fabricados a partir de cada lote de material plástico
reciclado. En dichos ensayos, la resistencia al apilamiento podrá ser comprobada mediante los
correspondientes ensayos de compresión dinámica en lugar de mediante un ensayo de carga estática;
NOTA: La norma ISO 16103:2005 "Envases y embalajes. Envases y embalajes para el transporte de
mercancías peligrosas. Materiales plásticos reciclados", ofrece orientación adicional sobre los
procedimientos que pueden seguirse para la aprobación del uso de materiales plásticos reciclados.
Dicha norma se ha elaborado a partir de la experiencia en la fabricación de bidones y jerricanes de
material plástico reciclado, por lo que puede que sea necesario adaptarla a otros tipos de
embalajes/envases, GRG/IBC y grandes embalajes/envases de material plástico reciclado.
“Medio de transporte”, para el transporte por carretera o ferrocarril, un vehículo o un vagón;
"Mercancías peligrosas", las materias y objetos cuyo transporte está prohibido según el ADR o
autorizado únicamente en las condiciones que éste prevé;
“Miembro de la tripulación”, es el conductor y cualquier otra persona que acompañe al conductor por
razones de seguridad, protección ciudadana, formación o explotación;
“Motor de pila de combustible”, un dispositivo utilizado para accionar aparatos consistentes en una pila
de combustible y su suministro de combustible ya sea integrado con o separado de la pila de combustible,
y que incluye todos los accesorios necesarios para cumplir su función;
N
"Nombre técnico", un nombre químico reconocido, en su caso un nombre biológico reconocido, o
cualquier nombre que se suela emplear en los manuales, publicaciones periódicas y textos científicos y
técnicos (véase 3.1.2.8.1.1);
"Número ONU" o "N.º ONU", el número de identificación de cuatro cifras de las materias u objetos
extraído de la Reglamentación Modelo de las Naciones Unidas;
cve: BOE-A-2025-77
Verificable en https://www.boe.es
"N.E.P.", véase "Epígrafe n.e.p.";
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 1094
“Masa neta de materia explosiva”, la masa total de materias explosivas, sin los embalajes/envases,
envolturas, etc. (Los términos “cantidad neta de materia explosiva”, “contenido neto de materia
explosiva”, “peso neto de materia explosiva” o “masa neta en kilogramos de contenido de materia
explosiva” son, a menudo, utilizados en el mismo sentido.);
"Masa neta máxima", la máxima masa del contenido de un envase único o masa combinada máxima de
los envases interiores y de su contenido, expresado en kilogramos;
“Material animal”, cadáveres de animales, partes del cuerpo de animales o productos alimentarios o
alimentos para animales de origen animal;
"Material plástico reciclado", el material recuperado de embalajes/envases industriales usados o de otro
material plástico que se ha sometido a clasificación previa y preparado para ser transformado en
embalajes/envases nuevos, incluidos los GRG. Se debe garantizar que las propiedades específicas del
material reciclado que se ha utilizado para la producción de nuevos embalajes/envases, incluidos los
GRG, son adecuadas y se deben documentar con regularidad en el marco de un programa de garantía de
calidad reconocido por la autoridad competente. Dicho programa deberá comprender un registro de la
selección previa correctamente efectuada y la verificación de que todos los lotes de material plástico
reciclado, de composición homogénea, se ajustan a las especificaciones del material (índice de fluidez,
densidad y propiedades de tracción) del modelo tipo fabricado a partir de este tipo de material reciclado.
Es preciso que en esta verificación se disponga de información sobre el material plástico del cual
proviene el plástico reciclado, así como acerca del uso anterior, incluido el contenido anterior, del
material plástico, en caso de que dicho uso pueda reducir la resistencia de los nuevos embalajes/envases,
incluidos los GRG, fabricados utilizando ese material. Asimismo, el programa de garantía de calidad
aplicado por el fabricante del embalaje/envase o del GRG con arreglo a lo dispuesto en 6.1.1.4 o 6.5.4.1
deberá comprender la realización de los ensayos mecánicos adecuados que se especifican en 6.1.5 o en
6.5.6 sobre modelos de embalaje/envase o GRG fabricados a partir de cada lote de material plástico
reciclado. En dichos ensayos, la resistencia al apilamiento podrá ser comprobada mediante los
correspondientes ensayos de compresión dinámica en lugar de mediante un ensayo de carga estática;
NOTA: La norma ISO 16103:2005 "Envases y embalajes. Envases y embalajes para el transporte de
mercancías peligrosas. Materiales plásticos reciclados", ofrece orientación adicional sobre los
procedimientos que pueden seguirse para la aprobación del uso de materiales plásticos reciclados.
Dicha norma se ha elaborado a partir de la experiencia en la fabricación de bidones y jerricanes de
material plástico reciclado, por lo que puede que sea necesario adaptarla a otros tipos de
embalajes/envases, GRG/IBC y grandes embalajes/envases de material plástico reciclado.
“Medio de transporte”, para el transporte por carretera o ferrocarril, un vehículo o un vagón;
"Mercancías peligrosas", las materias y objetos cuyo transporte está prohibido según el ADR o
autorizado únicamente en las condiciones que éste prevé;
“Miembro de la tripulación”, es el conductor y cualquier otra persona que acompañe al conductor por
razones de seguridad, protección ciudadana, formación o explotación;
“Motor de pila de combustible”, un dispositivo utilizado para accionar aparatos consistentes en una pila
de combustible y su suministro de combustible ya sea integrado con o separado de la pila de combustible,
y que incluye todos los accesorios necesarios para cumplir su función;
N
"Nombre técnico", un nombre químico reconocido, en su caso un nombre biológico reconocido, o
cualquier nombre que se suela emplear en los manuales, publicaciones periódicas y textos científicos y
técnicos (véase 3.1.2.8.1.1);
"Número ONU" o "N.º ONU", el número de identificación de cuatro cifras de las materias u objetos
extraído de la Reglamentación Modelo de las Naciones Unidas;
cve: BOE-A-2025-77
Verificable en https://www.boe.es
"N.E.P.", véase "Epígrafe n.e.p.";