Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-123)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial con el Servicio Catalán de la Salud y el Instituto Catalán de la Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2353

Don José Javier Rodrigo de Azpiazu, Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas (ISFAS), nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de
mayo, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y
representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del
Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real
Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.
Y doña Juana María Gómez Valle, Gerente de la Mutualidad General Judicial
(MUGEJU), nombrada por Acuerdo de la Directora General de Servicios, por delegación
del Secretario de Estado de Justicia, de fecha 5 de febrero de 2024, en virtud de las
facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de
MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 del Real
Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura
orgánica de la Mutualidad General Judicial.
De otra,
Don Alfredo García Díaz, Director del Servicio Catalán de la Salud, nombrado por
Decreto 407/2024, de 22 de octubre, y, de conformidad con lo que establecen el
artículo 9.d) de la Ley 15/1990, de 9 julio, de ordenación sanitaria de Catalunya, y el
artículo 26.h) de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalidad
y del Gobierno, a propuesta del Consejero de Salud y de acuerdo con el Gobierno de la
Generalidad de Cataluña.
Y don Josep Manel Pomar Reynés, Director Gerente del Instituto Catalán de la
Salud, en virtud de su nombramiento por Acuerdo de Gobierno GOV/210/2024, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 10.j) de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del
Instituto Catalán de la Salud.
Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica de actuar en la representación
legal que ostentan para suscribir la presente adenda de modificación y, a tal fin,
EXPONEN
Primero.
El convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el
Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial con el Servicio
Catalán de la Salud y el Instituto Catalán de la Salud para la prestación en zonas rurales
de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a
entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades (en
adelante, Concierto) fue suscrito el 10 de noviembre de 2022 y publicado en el BOE
núm. 308 de 24 de diciembre de 2022.

El convenio mencionado en el expositorio primero contiene cuatro anexos
numerados como I, II, III y IV.
En los anexos I y II se relacionan los municipios de hasta 20.000 habitantes,
desglosados en función del contenido de los servicios sanitarios a dispensar de acuerdo
con lo dispuesto en la cláusula segunda del convenio. Por su parte, en los anexos III y IV,
se detalla el coste mensual para el 2023 calculado por el número de mutualistas y
beneficiarios residentes en cada tipo de municipio y por grupo, a fecha de 1 de mayo
del 2022, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, y desglosado
por cada Mutualidad y a su vez por entidades concertadas de adscripción.

cve: BOE-A-2025-123
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.