Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-123)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial con el Servicio Catalán de la Salud y el Instituto Catalán de la Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2352

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
123

Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica la segunda Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas
Armadas y la Mutualidad General Judicial con el Servicio Catalán de la Salud
y el Instituto Catalán de la Salud, para la prestación en zonas rurales de
determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios
adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con
dichas mutualidades.

La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el
Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Gerente de la
Mutualidad General Judicial, el Director del Servicio Catalán de la Salud y el Director
Gerente del Instituto Catalán de la Salud han suscrito la segunda adenda de
modificación al convenio para la prestación en zonas rurales de determinados servicios
sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de
asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 26 de diciembre de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Segunda Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas
y la Mutualidad General Judicial con el Servicio Catalán de la Salud y el Instituto
Catalán de la Salud para la prestación en zonas rurales de determinados
servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos
a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas
mutualidades
28 de noviembre de 2024.
REUNIDOS

Doña Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por Real Decreto 190/2020, de 29
de enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y
representación de MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k)
del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los
órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.

cve: BOE-A-2025-123
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De una parte,