Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-141)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, M.P., y la Fundación del Teatro Real, F.S.P., para la utilización de espacios del Teatro Real para la realización de las jornadas anuales de difusión del programa Erasmus+.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2536

e. Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente convenio.
f. Resolver las controversias que puedan presentarse en la ejecución de este
convenio.
g. Aquellas otras que se le asignen en el texto del presente convenio.
La Comisión de Seguimiento podrá requerir la asistencia de cualquier persona, con
voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para
un mejor desarrollo del convenio.
Los acuerdos de la comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros, y de
sus reuniones se levantará la correspondiente acta firmada por el secretario y con el
visto bueno del presidente, correspondiendo a cada una de las Partes, de forma alterna
en cada una de las sesiones que se celebren, ocupar el puesto de presidente y de
secretario, sin que ambos cargos puedan recaer de forma simultánea en una única
Parte. En la primera reunión de la Comisión, SEPIE ocupará la presidencia y la
Fundación del Teatro Real, la secretaría. Para todo lo no expresamente regulado en esta
cláusula se estará a lo dispuesto en las normas sobre el funcionamiento de los órganos
colegiados previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
11.2

Comunicaciones entre las partes.

Toda comunicación entre las Partes relativa a este convenio podrá hacerse por
correo electrónico y adicionalmente, si así se considera, por correo postal.
A efecto de notificaciones, las Partes designan las siguientes direcciones:
Fundación del Teatro Real:
Don Ignacio García-Belenguer Laita.
Plaza de Oriente s/n.
28013 – Madrid.
Tlf: 91.516.06.00/56.
Correo electrónico: eventos@teatro-real.com.
SEPIE:
Don Alfonso Gentil Álvarez-Ossorio.
C/ General Oraa, núm. 55.
28006 – Madrid.
Tlf: 91.760.35.98.
Móvil: 689.778.367.
Correo electrónico: direccion@sepie.es.
Legislación aplicable y cuestiones litigiosas.

Al mismo le resultan igualmente de aplicación las disposiciones contenidas en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Cualquier controversia que surja en el desarrollo del presente convenio podrá ser
resuelta de común acuerdo por la Comisión de Seguimiento a que se refiere la cláusula
undécima.
Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación y cumplimiento del
presente convenio que no hayan podido ser resueltas por las partes serán de
conocimiento de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

cve: BOE-A-2025-141
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.