Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-150)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Transporte Terrestre, por la que se publica el Convenio con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Puertos del Estado y la Autoridad Portuaria de Barcelona, para el establecimiento de la financiación y realización de actividades materiales para el desarrollo de los nuevos accesos sur, viario y ferroviario, al puerto de Barcelona.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2664
patrimonial, incluidos los cambios de titularidad y la cesión de bienes. Así mismo podrán
acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias que
mejor sirva al interés general.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.
Undécimo.
Con fecha 11 de octubre de 2023 se firma la Resolución de la Secretaría de Estado
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actualmente Secretaría de Estado de
Transportes y Movilidad Sostenible) por la que se encomienda a la Entidad Pública
Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) la redacción,
supervisión y aprobación del proyecto de construcción núm. 2 de los nuevos accesos
sur, ferroviario y viario, al puerto de Barcelona, correspondiente a las siguientes
actuaciones:
– Eje viario: desde el PK 0+510.00, punto con cota roja nula o casi nula antes del
estribo 1 de la estructura E10 hasta el final del mismo, situado en el PK 5+143.209.
– Nuevo enlace con la Zona Franca y el Polígono Pratenc.
– Reposiciones de servicios afectados por estas actuaciones.
Duodécimo.
Finalmente, con fecha 26 de abril de 2024, la Comisión de Seguimiento del Protocolo
ha validado el presente convenio.
Considerando las partes, relevantes los proyectos de nuevos accesos sur viario y
ferroviario al puerto de Barcelona, por cuanto implican una mejora de la red general de
transporte con directo interés portuario, las partes acuerdan establecer las condiciones
para su financiación y la realización de las actividades necesarias, de conformidad con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio consiste en establecer las condiciones de
financiación y de realización de las actividades materiales necesarias para el desarrollo
de la actuación denominada «Nuevos accesos Sur, viario y ferroviario, al puerto de
Barcelona».
Segunda.
Requisitos generales.
– Desarrollar la solución técnica del Proyecto básico a la que se refiere el
expositivo 7 conforme a los acuerdos alcanzados por la Comisión de Seguimiento del
Protocolo en su reunión de fecha 12 de junio de 2023.
– Garantizar la compatibilidad técnica y funcional de la solución anterior con los
proyectos de instalaciones de control, mando y señalización y electrificación, incluida la
subestación de tracción, que tiene que desarrollar la APB fuera del alcance del presente
convenio, optimizando el conjunto desde el punto de vista de la capacidad de
infraestructura y la gestión de las circulaciones de trenes y maniobras.
cve: BOE-A-2025-150
Verificable en https://www.boe.es
En todo caso, las actuaciones objeto del convenio deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2664
patrimonial, incluidos los cambios de titularidad y la cesión de bienes. Así mismo podrán
acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias que
mejor sirva al interés general.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.
Undécimo.
Con fecha 11 de octubre de 2023 se firma la Resolución de la Secretaría de Estado
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (actualmente Secretaría de Estado de
Transportes y Movilidad Sostenible) por la que se encomienda a la Entidad Pública
Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) la redacción,
supervisión y aprobación del proyecto de construcción núm. 2 de los nuevos accesos
sur, ferroviario y viario, al puerto de Barcelona, correspondiente a las siguientes
actuaciones:
– Eje viario: desde el PK 0+510.00, punto con cota roja nula o casi nula antes del
estribo 1 de la estructura E10 hasta el final del mismo, situado en el PK 5+143.209.
– Nuevo enlace con la Zona Franca y el Polígono Pratenc.
– Reposiciones de servicios afectados por estas actuaciones.
Duodécimo.
Finalmente, con fecha 26 de abril de 2024, la Comisión de Seguimiento del Protocolo
ha validado el presente convenio.
Considerando las partes, relevantes los proyectos de nuevos accesos sur viario y
ferroviario al puerto de Barcelona, por cuanto implican una mejora de la red general de
transporte con directo interés portuario, las partes acuerdan establecer las condiciones
para su financiación y la realización de las actividades necesarias, de conformidad con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio consiste en establecer las condiciones de
financiación y de realización de las actividades materiales necesarias para el desarrollo
de la actuación denominada «Nuevos accesos Sur, viario y ferroviario, al puerto de
Barcelona».
Segunda.
Requisitos generales.
– Desarrollar la solución técnica del Proyecto básico a la que se refiere el
expositivo 7 conforme a los acuerdos alcanzados por la Comisión de Seguimiento del
Protocolo en su reunión de fecha 12 de junio de 2023.
– Garantizar la compatibilidad técnica y funcional de la solución anterior con los
proyectos de instalaciones de control, mando y señalización y electrificación, incluida la
subestación de tracción, que tiene que desarrollar la APB fuera del alcance del presente
convenio, optimizando el conjunto desde el punto de vista de la capacidad de
infraestructura y la gestión de las circulaciones de trenes y maniobras.
cve: BOE-A-2025-150
Verificable en https://www.boe.es
En todo caso, las actuaciones objeto del convenio deberán cumplir con los siguientes
requisitos: