Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-150)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Transporte Terrestre, por la que se publica el Convenio con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Puertos del Estado y la Autoridad Portuaria de Barcelona, para el establecimiento de la financiación y realización de actividades materiales para el desarrollo de los nuevos accesos sur, viario y ferroviario, al puerto de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2661

las Autoridades Portuarias que lo conforman. De este modo, los Organismos Públicos
Portuarios, con los recursos económicos derivados de su actividad ordinaria, deben ser
capaces de hacer frente tanto a sus gastos operativos y de explotación como a la
financiación de las inversiones necesarias para hacer frente al cumplimiento de las
funciones que le son propias, de tal manera que aseguren su sostenibilidad económicofinanciera en escenarios de corto, medio y largo plazo. Así, los Planes de Empresa serán
los documentos que recojan los criterios y condiciones financieras, presupuestarias y de
inversión a aplicar que garanticen la citada autosuficiencia económica de las Autoridades
Portuarias.
Sexto.
Con fecha 22 de octubre de 2007 se aprueba el «Estudio Informativo del proyecto de
nuevos accesos sur, ferroviario y viario, al puerto de Barcelona», el cual cuenta con una
Declaración de Impacto Ambiental favorable formulada en 2007 y prorrogada en 2013
que, a fecha de hoy, está vigente sin plazo de caducidad.
Séptimo.
Con fecha 7 de octubre de 2020, se firma por parte del MITMS, la Generalitat de
Catalunya, ADIF, Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC), APB y Puertos del
Estado el «Protocolo de colaboración para el impulso y consecución de los nuevos
accesos sur, viario y ferroviario, al puerto de Barcelona y para el desarrollo de la
planificación y gestión del nodo logístico de Barcelona». En la cláusula primera del
Protocolo, relativa a su objeto, se puede leer lo siguiente:

i. la asignación de la titularidad y las obligaciones y aportaciones financieras de
cada una de las entidades y organismos participantes en el desarrollo y construcción de
los «Nuevos accesos Sur viario y ferroviario al puerto de Barcelona».
Más adelante, en la cláusula 4, se recoge el acuerdo de redactar los estudios previos
y el Proyecto básico de los nuevos accesos sur, viario y ferroviario, al puerto de
Barcelona con el principal objetivo de «proporcionar el soporte necesario para alcanzar
los acuerdos definitivos entre las Partes, a ser formalizados mediante convenio, acerca
de la asignación de la titularidad y las contribuciones financieras, así como relativos a los
criterios técnicos y pautas de coordinación para la tramitación de instrumentos jurídicos
(DEUP…), la redacción de los proyectos constructivos, la ejecución de las obras y la
posterior administración o gestión de las infraestructuras ferroviarias generadas».
Con fecha 12 de junio de 2023, la Comisión de Seguimiento del Protocolo, integrada
por un representante de cada una de las partes firmantes y presidida por el Secretario
General de Infraestructuras del entonces Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana (cargo denominado actualmente Secretaría General de Transporte Terrestre del
MITMS), en el ejercicio de las funciones que el propio Protocolo le atribuye, ha aprobado
la versión definitiva del Proyecto básico de los nuevos accesos sur, viario y ferroviario, al
puerto de Barcelona.

cve: BOE-A-2025-150
Verificable en https://www.boe.es

Mediante el presente Protocolo se expresan las voluntades del Ministerio de
Transportes Movilidad y Agenda Urbana (actualmente Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible), Generalitat de Catalunya, el ADIF, Puertos del Estado y la APB
para impulsar la puesta en marcha y ejecución de la actuación denominada «Nuevos
accesos Sur, viario y ferroviario, al puerto de Barcelona», conforme a la solución que se
estableció en el Estudio Informativo aprobado por el entonces Ministerio de Fomento,
con fecha 22 de octubre de 2007, y referida en el expositivo Noveno, así como para la
planificación del nodo logístico de Barcelona.
Asimismo, las partes manifiestan su voluntad de acometer los estudios y proyectos
que sean precisos para poder suscribir los instrumentos jurídicos o convenios necesarios
para el desarrollo del presente Protocolo. Estos instrumentos jurídicos o convenios
tendrán en cuenta en particular, al menos, los siguientes aspectos: