Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Servicio Público de Justicia. (BOE-A-2025-76)
Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 895

Podrán igualmente proponer la incorporación de informes, certificaciones y
otros documentos. También podrán proponer la práctica de pruebas de las que las
partes no hubieran tenido conocimiento en el momento de formular sus escritos de
acusación o defensa.
2. La celebración de la audiencia preliminar requiere la asistencia del
acusado y del abogado defensor.
La celebración de la audiencia preliminar no se suspenderá por la inasistencia
injustificada de la persona acusada que haya sido debidamente citada ni tampoco
por la incomparecencia injustificada de las demás partes citadas en forma,
celebrándose a los efectos de sustanciar las cuestiones que puedan resolverse en
ausencia. En la citación se informará al acusado y a las partes que su injustificada
incomparecencia no suspenderá la audiencia preliminar.
3. El juez, jueza o tribunal examinará las pruebas propuestas y resolverá
admitiendo las que considere pertinentes y rechazando las demás, prevendrá lo
necesario para la práctica de la prueba anticipada y resolverá sobre el resto de
cuestiones planteadas de forma oral, salvo que, por la complejidad de las
cuestiones planteadas, hubiera de serlo por escrito, en cuyo caso el auto habrá de
ser dictado en el plazo de diez días.
Contra la resolución adoptada no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de la
pertinente protesta y de que la cuestión pueda ser reproducida, en su caso, en el
recurso frente a la sentencia, salvo que dicha resolución ponga fin al
procedimiento, en cuyo caso será susceptible de recurso de apelación, en el plazo
y con las formalidades prevenidas en los artículos 790 y siguientes.
4. En la misma comparecencia, las partes podrán pedir al juez, jueza o
tribunal que proceda a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación
que contenga pena de mayor gravedad, o con el que se presentara en ese acto,
que no podrá referirse a hecho distinto ni contener calificación más grave que la
del escrito de acusación anterior. El juez, jueza o tribunal dictará sentencia de
conformidad con la pena manifestada por la defensa y el acusado, si concurren los
requisitos establecidos en los apartados siguientes.
El Ministerio Fiscal oirá previamente a la víctima o perjudicado, aunque no
estén personados en la causa, siempre que hubiera sido posible y se estime
necesario para ponderar correctamente los efectos y el alcance de tal
conformidad, y en todo caso cuando la gravedad o trascendencia del hecho o la
intensidad o la cuantía sean especialmente significativos, así como en todos los
supuestos en que víctimas o perjudicados se encuentren en situación de especial
vulnerabilidad.
5. Si, a partir de la descripción de los hechos aceptada por todas las partes,
el juez, jueza o tribunal entendiere que la calificación aceptada es correcta y que la
pena es procedente según dicha calificación, dictará sentencia de conformidad. El
juez, jueza o tribunal habrá oído en todo caso al acusado acerca de si su
conformidad ha sido prestada libremente y con conocimiento de sus
consecuencias.
6. En caso de que el juez, jueza o tribunal considerare incorrecta la
calificación formulada o entendiere que la pena solicitada no procede legalmente,
requerirá a la parte que presentó el escrito de acusación más grave para que
manifieste si se ratifica o no en él. Sólo cuando la parte requerida modificare su
escrito de acusación en términos tales que la calificación sea correcta y la pena
solicitada sea procedente y el acusado preste de nuevo su conformidad, podrá el
juez, jueza o tribunal dictar sentencia de conformidad. En otro caso, ordenará la
celebración del juicio.
7. Una vez que la defensa del acusado manifieste su conformidad, el juez,
jueza, presidente o presidenta del tribunal informará a la persona acusada de sus
consecuencias y a continuación le requerirá a fin de que manifieste si presta su

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Núm. 3