Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-42)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Convenio con el Instituto Balear de la Energía, para la mejora y mantenimiento del sistema público de recargas para vehículos eléctricos en las Islas Baleares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 529
del IBE, una vez este haya adjudicado el contrato de mantenimiento. Este coste estará
determinado por el precio final de adjudicación con un coste máximo de 500 euros/anual
por punto y por el número de puntos de recarga de cada ayuntamiento que sean objeto
del contrato de mantenimiento.
f) En lo posible, trabajar para que el suministro energético de los puntos de recarga
se haga mediante energías renovables, bien vía generación renovable in situ, bien por
adquisición de energía renovable mediante el contrato de suministro eléctrico
correspondiente.
g) Reconocer el distintivo autonómico que figura en el anexo 1 de este
convenio (distintivo MELIB) como medio para identificar los vehículos eléctricos, todo
esto sin perjuicio del reconocimiento del distintivo emitido por la DGT.
h) Establecer para los vehículos eléctricos siguientes: las exenciones de pago en
zona portuaria tarifada, previstas en el acuerdo del Consejo de Administración de 5 de
abril de 2017 y las que sean vigentes en cada momento. Velar para que los espacios de
aparcamiento dotados de puntos de recarga se utilicen para la recarga del vehículo
eléctrico de acuerdo con los objetivos del proyecto, y tomar las medidas disuasivas en
caso de incumplimiento.
i) Emprender actuaciones de promoción de la red MELIB e implementar medidas de
apoyo a la movilidad eléctrica.
j) Coordinar las actuaciones de promoción del vehículo eléctrico con otras medidas
de sostenibilidad a la movilidad que pueda llevar a cabo la APB, como por ejemplo el
fomento de la intermodalidad.
k) Habilitar en la página web de la APB un enlace en la dirección web http://
melib.es o equivalente para la información de la movilidad eléctrica de las Illes Balears.
l) En todas las actuaciones relacionadas con este proyecto y, en especial, en la
promoción y la publicidad, las ediciones o los actos públicos, la APB tiene que hacer
mención expresa de la colaboración del IBE en todo el material divulgativo que elabore
con relación a los proyectos vinculados a este convenio.
El Instituto Balear de la Energía firmante se compromete a:
a) Poner al servicio de la APB el sistema de gestión centralizado que permita la
interoperabilidad de la red de puntos de recarga para vehículo eléctrico de las
administraciones firmantes de este convenio, que tiene que estar coordinado por el IBE.
b) Proveer a la APB de los mecanismos de conectividad de los puntos de recargas,
así como de los documentos-guía de instalación y conexión de los puntos de recarga a la
MELIB.
c) Financiar el mantenimiento y mejora de la aplicación de móvil MELIB y habilitar
una pasarela de pagos para recargas.
d) Elaborar un documento-guía sobre el establecimiento de precio para las
recargas de electricidad.
e) Dar a la APB acceso a la plataforma MELIB para poder gestionar sus puntos de
recarga y tener información de las recargas efectuadas en sus puntos.
f) Poner a disposición de la APB toda la información de que disponga sobre las
actuaciones previstas, para que puedan realizarse conjuntamente de la manera más
óptima y eficaz.
g) Licitar, de acuerdo con la normativa en materia de contratación pública, un
contrato de servicio de atención telefónica y gestión de incidencias para la red MELIB,
así como del servicio de mantenimiento para los puntos de la APB en el supuesto de que
quiera adherirse, con un coste máximo por el servicio de mantenimiento para la APB
de 500 euros por punto de recarga y año.
h) Facilitar información y asesoramiento a la APB sobre normativa y aspectos
técnicos y prácticos de incidencia para el desarrollo del vehículo eléctrico.
i) Promocionar y realizar tareas de divulgación, con colaboración de la APB, del
vehículo eléctrico y las medidas que lleva asociadas.
cve: BOE-A-2025-42
Verificable en https://www.boe.es
3.2
Núm. 1
Miércoles 1 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 529
del IBE, una vez este haya adjudicado el contrato de mantenimiento. Este coste estará
determinado por el precio final de adjudicación con un coste máximo de 500 euros/anual
por punto y por el número de puntos de recarga de cada ayuntamiento que sean objeto
del contrato de mantenimiento.
f) En lo posible, trabajar para que el suministro energético de los puntos de recarga
se haga mediante energías renovables, bien vía generación renovable in situ, bien por
adquisición de energía renovable mediante el contrato de suministro eléctrico
correspondiente.
g) Reconocer el distintivo autonómico que figura en el anexo 1 de este
convenio (distintivo MELIB) como medio para identificar los vehículos eléctricos, todo
esto sin perjuicio del reconocimiento del distintivo emitido por la DGT.
h) Establecer para los vehículos eléctricos siguientes: las exenciones de pago en
zona portuaria tarifada, previstas en el acuerdo del Consejo de Administración de 5 de
abril de 2017 y las que sean vigentes en cada momento. Velar para que los espacios de
aparcamiento dotados de puntos de recarga se utilicen para la recarga del vehículo
eléctrico de acuerdo con los objetivos del proyecto, y tomar las medidas disuasivas en
caso de incumplimiento.
i) Emprender actuaciones de promoción de la red MELIB e implementar medidas de
apoyo a la movilidad eléctrica.
j) Coordinar las actuaciones de promoción del vehículo eléctrico con otras medidas
de sostenibilidad a la movilidad que pueda llevar a cabo la APB, como por ejemplo el
fomento de la intermodalidad.
k) Habilitar en la página web de la APB un enlace en la dirección web http://
melib.es o equivalente para la información de la movilidad eléctrica de las Illes Balears.
l) En todas las actuaciones relacionadas con este proyecto y, en especial, en la
promoción y la publicidad, las ediciones o los actos públicos, la APB tiene que hacer
mención expresa de la colaboración del IBE en todo el material divulgativo que elabore
con relación a los proyectos vinculados a este convenio.
El Instituto Balear de la Energía firmante se compromete a:
a) Poner al servicio de la APB el sistema de gestión centralizado que permita la
interoperabilidad de la red de puntos de recarga para vehículo eléctrico de las
administraciones firmantes de este convenio, que tiene que estar coordinado por el IBE.
b) Proveer a la APB de los mecanismos de conectividad de los puntos de recargas,
así como de los documentos-guía de instalación y conexión de los puntos de recarga a la
MELIB.
c) Financiar el mantenimiento y mejora de la aplicación de móvil MELIB y habilitar
una pasarela de pagos para recargas.
d) Elaborar un documento-guía sobre el establecimiento de precio para las
recargas de electricidad.
e) Dar a la APB acceso a la plataforma MELIB para poder gestionar sus puntos de
recarga y tener información de las recargas efectuadas en sus puntos.
f) Poner a disposición de la APB toda la información de que disponga sobre las
actuaciones previstas, para que puedan realizarse conjuntamente de la manera más
óptima y eficaz.
g) Licitar, de acuerdo con la normativa en materia de contratación pública, un
contrato de servicio de atención telefónica y gestión de incidencias para la red MELIB,
así como del servicio de mantenimiento para los puntos de la APB en el supuesto de que
quiera adherirse, con un coste máximo por el servicio de mantenimiento para la APB
de 500 euros por punto de recarga y año.
h) Facilitar información y asesoramiento a la APB sobre normativa y aspectos
técnicos y prácticos de incidencia para el desarrollo del vehículo eléctrico.
i) Promocionar y realizar tareas de divulgación, con colaboración de la APB, del
vehículo eléctrico y las medidas que lleva asociadas.
cve: BOE-A-2025-42
Verificable en https://www.boe.es
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