Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-37)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la cuarta Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para la gestión de ayudas del MAPA en la Línea «ICO MAPA SAECA» en el marco de la Línea «ICO Garantía SGR/SAECA».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1

Miércoles 1 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 478

de ayudas a abonar, el plazo para efectuar el último abono por el MAPA al ICO y el plazo
máximo a partir del cual el ICO no gestionará el pago de ayudas que no hayan sido
abonadas por el MAPA. Asimismo, modificó el importe máximo de los abonos a ICO por
el MAPA en concepto de comisiones de gestión.
Quinto.
Con fecha de 4 de abril de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el
Extracto de la Resolución de 30 de marzo de 2023 de la Subsecretaria del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se amplía el plazo de presentación de
solicitudes establecido en la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se convocan las
subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo.
Sexto.
Con fecha 12 de mayo de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real
Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia
agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del
sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones
climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre
por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas
temperaturas. Este Real Decreto-ley establece en su artículo 7 una mejora de las
condiciones de financiación del sector agrario mediante la modificación del Real Decretoley 4/2022, de 15 de marzo, y en su artículo 8 una ampliación por una cuantía de 20
millones de euros de la línea de financiación establecida en el artículo 6 del citado Real
Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo. Todo ello se tradujo en un aumento de los límites de
las ayudas, que pasaron del 10 % al 15 % en lo que se refiere a la bonificación del
principal del préstamo objeto de ayuda, y de 10.000 a 15.000 euros en lo referente al
máximo de ayudas acumuladas para las operaciones de un mismo cliente. También se
amplió el plazo de solicitud hasta el 15 de septiembre de 2024.
Séptimo.
Con fecha 8 de junio de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el extracto de
la Orden de 1 de junio que modifica la Orden de 12 de mayo de 2022 por la que se
convocan las subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15
de marzo, estableciendo como fecha final del plazo de solicitud de las ayudas convocadas
el 15 de septiembre de 2024 y modificando el porcentaje máximo de las ayudas para
adecuarlo a los límites establecidos en el artículo 7 de dicho Real Decreto-ley.

Con fecha 11 de julio de 2023 se suscribió la segunda adenda al Convenio entre el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y la
Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para la gestión de ayudas del
MAPA en la línea «ICO MAPA SAECA» en el marco de la línea «ICO Garantía SGR/
SAECA», cuyo objeto es incorporar al mismo lo establecido en los artículos 7 y 8 del
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo. Dicha adenda adquirió eficacia el mismo día de
suscripción con la inscripción en el RCESPE y se publicó el «Boletín Oficial del Estado»
el 25 de julio.
Noveno.
Con fecha 29 de junio se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decretoley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo
a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de

cve: BOE-A-2025-37
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Octavo.