Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Simplificación administrativa. (BOE-A-2025-1)
Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 34

Para conseguir su objetivo, la Ley 20/2021 establece un plazo de resolución para los
procesos de estabilización de empleo temporal, tanto para los ya convocados como para
los que se convoquen tras su entrada en vigor. Así, tanto el artículo 2 como la
disposición transitoria primera de la citada ley establecen que los procesos selectivos
deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
La disposición adicional cuarta de la citada Ley establece que las administraciones
públicas deberán asegurar el cumplimiento de estos plazos mediante la adopción de
medidas apropiadas para un desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como
reducción de plazos, digitalización de procesos o acumulación de pruebas, entre otras.
Por su parte, la nueva disposición adicional decimoséptima del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, introducida por el artículo 1 de la
Ley 20/2021, señala que las administraciones públicas serán responsables del
cumplimiento de las previsiones contenidas en la misma, para lo que deberán promover,
en sus respectivos ámbitos, el desarrollo de criterios de actuación que permitan asegurar
el cumplimiento de sus objetivos, así como una actuación coordinada de los distintos
órganos con competencia en materia de personal.
Con el fin de cumplir con estos mandatos, en fecha 21 de diciembre de 2022 fue
publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» la Resolución de 16 de
diciembre de 2022, del conseller de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se
adoptaron las medidas necesarias para la ejecución y desarrollo de los procesos a
convocar en ejecución de la Ley 20/2021.
Con el transcurso del tiempo se ha comprobado que las medidas implementadas en
dicha resolución son insuficientes para la consecución de los fines marcados en el plazo
establecido para ello, por diversos motivos: la especial dificultad que conlleva la
tramitación de los procedimientos selectivos del personal estatutario; el elevado número
de categorías profesionales sanitarias (más de 150); el volumen de plazas que se
encontraban pendientes de ejecutar en el momento de publicación de la Ley 20/2021 y
que se están teniendo que ejecutar junto con las convocatorias dictadas en su ejecución
(más de 22.000 plazas ofertadas en conjunto a las que se han presentado más
de 150.000 aspirantes).
Una cuestión que afecta muy directamente, comprometiendo el cumplimiento de los
plazos es la obligatoriedad establecida en la normativa vigente de convocar y resolver
concursos de traslados previos a la resolución de los procesos selectivos de todas las
categorías.
Sin embargo, el mandato impuesto a esta Administración por la Ley 20/2021 sigue
vigente, sin que se hayan establecido moratorias ni prórrogas de plazo, por lo que se
hace necesario implementar nuevas medidas que se consideran necesarias para
conseguir alcanzar los fines impuestos. Además, este año 2024 cuenta con una
problemática añadida en relación con las personas profesionales sanitarias especialistas
dado que, como consecuencia de la pandemia sufrida en el año 2020, las nuevas
personas especialistas no finalizarán su periodo de formación hasta el mes de
septiembre, lo que dificulta aún más la cobertura de las necesidades asistenciales de las
instituciones sanitarias.
Es por ello por lo que se incluyen una serie de medidas de carácter transitorio en
relación con determinados aspectos regulados en el Decreto 192/2017, de 1 de
diciembre del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de
personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del Sistema
Valenciano de Salud, que tienen por finalidad agilizar los procesos de selección y
provisión convocados en ejecución de los procesos de estabilización excepcionales
previstos en las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2017, 2018, 2019
y 2022, así como acabar con situaciones de temporalidad que impiden la consolidación
de equipos asistenciales.
La primera de las medidas transitorias se refiere a la publicación en la web de los
actos de trámite (listados provisionales) de los concursos de traslados. La exigencia de
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de todos los trámites

cve: BOE-A-2025-1
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Núm. 1